Hola,
La tributación de la obtención de renta atiende a su origen. Por tanto, con esa información únicamente, es imposible indicarte.
En el caso de que fuera un préstamo (suponiendo) y ese dinero, por tanto, se lo debas reintegrar a él según los términos que hayáis pactado, en el IRPF, no se debe declarar: ni la obtención del capital ni los gastos que te supondrán en un futuro devolver el mismo.
Un saludo,