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Modelo 720 - splits y demás

3 respuestas
Modelo 720 - splits y demás
Modelo 720 - splits y demás
#1

Modelo 720 - splits y demás

Hola a todo el foro. Tengo tres dudas sobre tres de mis empresas en cartera en DEGIRO de cara a la presentación del modelo 720, a ver quién me puede ayudar:

1) AMAZON, ha hecho un split en 2022. No ha cambiado de ISIN ni nada, lo único que cambia es el número de acciones que tengo en cartera. ¿Mantengo el mismo registro que el año pasado y cambio el número de acciones y el valor a 31/12 sin más?

2) NLY. Ésta ha hecho un contrasplit. Pero, además, ha cambiado de ISIN. ¿Cómo se registra? ¿En el mismo registro del año pasado cambio ISIN, número de acciones y valor a 31/12? ¿O lo correcto es registrar una baja (C) y un alta (A)?

3) BLOCK antes se llamaba SQUARE. El ISIN es el mismo. ¿Sobre el mismo registro se cambia el nombre sin más?

Muchas gracias
Salud e ingresos
#2

Re: Modelo 720 - splits y demás

 
  1. En el caso de Amazon, al tratarse de un split, es suficiente con actualizar el número de acciones en el registro correspondiente al valor que tenías en cartera el año pasado. No es necesario crear un nuevo registro para la misma empresa.
  2. En el caso de NLY, al tratarse de un contrasplit y un cambio de ISIN, lo correcto sería registrar una baja (C) del registro anterior y un alta (A) en un nuevo registro con el nuevo ISIN y el número de acciones ajustado. De esta forma, se reflejará correctamente el cambio en la cartera y el valor a 31/12.
  3. En el caso de BLOCK (anteriormente SQUARE), al tratarse del mismo ISIN, es suficiente con cambiar el nombre en el registro correspondiente sin necesidad de crear un nuevo registro.
 
#3

Re: Modelo 720 - splits y demás

Gracias por tus comentarios, @melvin.

La duda que me asalta, en el caso de NLY, es si debo tratarlo de forma diferente en el 720 que en la declaración del IRPF. A efectos de la declaración de la renta, el ISIN es intrascendente. Se trata de un contrasplit, no de una venta, por lo que lo único que hay que declarar es la venta de una acción de exceso, que se ha vendido en el mercado al precio de cotización del antiguo ISIN en el momento del canje. Si esto es así, y me consta que sí, el tratamiento que me sugieres en el 720 sería diferente. No digo que sea incorrecto, digo que me resulta extraño.

Por cierto, alguien sabe si hay alguna forma de subsanar un error en la declaración del 720 del año pasado? Me dejé una posición adquirida en 2021 sin incluir. Si la incluyo ahora como "M" y lo cruzan, detectarán que el año pasado no constaba como "A". ¿Se puede adjuntar una nota informativa? ¿Cuál es la mejor manera de actuar en este caso?

Salud e ingresos.
#4

Re: Modelo 720 - splits y demás

En cuanto a la primera pregunta, es posible que el tratamiento de NLY sea diferente en la declaración del modelo 720 que en la declaración del IRPF, ya que son dos impuestos diferentes con reglas y requisitos distintos. En la declaración del modelo 720, se deben declarar todas las cuentas, valores, seguros y bienes inmuebles situados en el extranjero que superen los umbrales establecidos por la ley. Por lo tanto, si NLY se encuentra en una cuenta o entidad en el extranjero, debería ser declarado en el modelo 720 aunque no haya habido una venta propiamente dicha.

Respecto a la segunda pregunta, si se ha cometido un error en la declaración del modelo 720 del año pasado, se puede presentar una declaración complementaria o sustitutiva para corregirlo. Si el error no ha sido detectado por Hacienda, puede ser recomendable presentar una declaración complementaria para evitar posibles sanciones.