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Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

9 respuestas
Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación
5 suscriptores
Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación
#1

Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

Me jubilé anticipadamente (1 mes) en diciembre 2022 para "pillar" la subida del 8,5%. Me han aplicado un coeficiente reductor del 2,81%, cuando creo tener derecho al 1,625%, según la disposición transitoria 34ª de la nueva Ley, que afecta a:
1. Jubilación anticipada voluntaria
2. Base reguladora superior a la pensión máxima
3. Extinción del contrato de trabajo anterior a 1 enero 2022
4. No haber estado dado de alta con posterioridad
5. Historial de cotización superior a 44 años y 6 meses.

   Con esta casuística y según el texto legal se aplicaría la tabla de coeficientes reductores anterior a la entrada en vigor de la nueva Ley  de manera que la pensión reconocida no resulte en ningún caso inferior a la que habría correspondido con la aplicación de las normas vigentes en 2021”.(sic). 
Y esas normas suponen un coeficiente reductor del 1,625% y no del 2,81%
¿Sabéis si existe alguna causa para que  la Seguridad Social incumpla dicho apartado de la Ley?
¿Sabéis de algún caso en el que sí se haya aplicado?
GRACIAS.
#2

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

Tu mismo.

Según el punto 3 de los que enumeras, no lo cumples, al jubilarte posteriormente a enero del 2022.
#3

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

No me he jubilado estando de alta en ningún régimen, sino en convenio especial 
#4

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

Si estás en convenio especial y te jubilaste ó tu ERE o despido fue pactado anteriormente al 1 de enero de 2022 sería como dices. La Seguridad Social debería aplicarte la normativa más favorable.
#5

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

Hola Celestino, pudiste aclarar tu caso con la S Social?   Estoy en una situación similar a la tuya, cara a jubilarme ahora en Diciembre  o esperar a Enero 24 con la famosa DT 34, de la que no quieren ni oír hablar los funcionarios de la SS. Cada vez que voy, me dan largas....
#6

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

Lamento comunicarte que mi escrito a la S. Social sobre esa disposición transitoria fue desestimado con un lacónico "no le es de aplicación". Yo me jubilé hace ahora un año y, eso sí, conseguí el incremento del 8,5% a pesar del recorte del 2,8% por jubilación anticipada. Este año, con una subida del 3,8% para enero es menos interesante. Saludos.
#7

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

Estoy en tu misma situación. No consigo saber la aplicación práctica de la DT34 de la LGSS. He hecho multitud de consultas y se limitan a transcribir los artículos de la ley. Entiendo que si la base reguladora es superior al tope de pensiones, los coeficientes reductores son los de las DT 34 y se aplican sobre la base, a parir de 2024 ¿ es así? 
#8

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

No, se aplicarán sobre la pensión máxima, no sobre la base reguladora.
Revisa el foro que abrí,

Interpretación Disposición Transitoria 34

 y dónde Maqiz da respuesta a mis interrogantes.
(No se pegar el enlace)

Paciencia y un saludo.





#11

Re: Disposición transitoria 34 de la Ley 21/2021 - Jubilación

Es decir, los coeficientes de  la DT 34 se aplican sobre la pensión máxima en el supuesto de que la BR sea superior a dicha pensión máxima, y  no en el supuesto de que la pensión resultante es superior a la pensión máxima. ( el título de la DT 34 dice " pensión resultante"). Creo que en mi caso, me sale más favorable la pensión con  los coeficientes de la DT 34 que con  los del art.210 y eso me extraña. Gracias