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Novedades IRPF mucha propaganda poca y mala informacion
Se aproxima el mes de diciembre y hay que tomar decisiones en la disposición de planes de pensiones.
A esto me surge una duda por la mal explicadas novedades fiscales contra crisis.
Para no extender mucho el asunto me refiero a la deducción por obtención de rendimientos del trabajo. Hasta ahora se aplicaba a las rentas que no superaran los 16.825 euros anuales (casilla 18) de tal forma que, por debajo de 13.115 euros anuales se aplicaba una deducción de 5.565 euros y en el tamo comprendido entre los 13.115 y 16.815 se aplicaba el resultado de: 5.565 - {(Casilla18 - 13115)*1,5}
Según publica algún que otro medio en cuanto a la reforma para los próximos ejercicios se establecen en tal sentidos dos cambios destacables:
Pasar el mínimo tributación de 14 a 15 mil euros
Y la reducción por obtención de rendimientos del trabajo que pasa a operar ahora en el tramo de 15.000 a 21.000 euros.
No consigo no obstante localizar ni publicaciones ni herramientas de calculo "oficiales" que contemplen dicho cambio ni tengo claro el como se aplicara dicha normativa.
¿Alguna información al respecto? Gracias de antemano.
A esto me surge una duda por la mal explicadas novedades fiscales contra crisis.
Para no extender mucho el asunto me refiero a la deducción por obtención de rendimientos del trabajo. Hasta ahora se aplicaba a las rentas que no superaran los 16.825 euros anuales (casilla 18) de tal forma que, por debajo de 13.115 euros anuales se aplicaba una deducción de 5.565 euros y en el tamo comprendido entre los 13.115 y 16.815 se aplicaba el resultado de: 5.565 - {(Casilla18 - 13115)*1,5}
Según publica algún que otro medio en cuanto a la reforma para los próximos ejercicios se establecen en tal sentidos dos cambios destacables:
Pasar el mínimo tributación de 14 a 15 mil euros
Y la reducción por obtención de rendimientos del trabajo que pasa a operar ahora en el tramo de 15.000 a 21.000 euros.
No consigo no obstante localizar ni publicaciones ni herramientas de calculo "oficiales" que contemplen dicho cambio ni tengo claro el como se aplicara dicha normativa.
¿Alguna información al respecto? Gracias de antemano.