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IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

12 respuestas
IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)
IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)
#1

IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

 la empresa de mi chica (grupo mullier) le paga parte de la nomina en acciones no cotizadas (OTC-TV001)de forma cuatrimestral.
Estas acciones no son de libre disposición, solo puede convertirlas en efectivo en su cuenta bajo distintos supuestos.
De igual forma a ella le ofrecen comprar estas OTC a modo de "inversión". Estas OTC tienen un precio fijo que varia anualmente.

El año pasado las sacó (unas 2200 recibidas como parte de su nomina y 200 compradas, muchas de ellas con menos de 3 años de posesión)  acogiéndose a uno de los supuestos que se lo permitían y el ingreso generado le aparece en sus datos fiscales para el IRPF 2021 pero revisando su borrador , dicho ingreso y su correspondiente plusvalía no aparece en ninguna casilla del borrador.
Revisando sus nóminas veo que la SS le ha retenido su parte correspondiente cada vez que recibe estas pero nunca le han quitado nada del IRPF.

¿Dicho ingreso debe ser declarado en la renta 2021?¿esta libre de irpf?
Hablando con su departamento de cuentas, hay quien le dice que no declaré nada, hay quien le dice que debe ser tratado como especie, hay quien le dice que lo considere acciones cotizadas(en este caso entiendo que debería gestionarlo siguiendo FIFO , aunque estas OTC no tienen libre venta lo cual no entiendo porque debo seguir tal modelo)... lo cual no me aclara nada de cara a saber como tramitarlo.

Alguien me podría aclarar como gestionar esto de las OTC - TV001, gracias

Considerándolas acciones , me sale siguiendo fifo un valor entorno a 1200€ de plusvalía por lo que el adeudo con hacienda no llega ni a 300€ 
como Especie, me pierdo leyendo al respecto pero entiendo que sería mucho más...
y no incluyéndolo obviamente sería beneficioso para su haber. 


#2

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

¿Cuando dices que las sacó te refieres a que las vendió o sea las convirtió en efectivo?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

Sí, lleva recibiéndolas desde 2016, pero en 2021 liquidó prácticamente todas las que tenía 
 en todo ese período 2016-2021 . 

Remarco que dicha liquidación a efectivo no es libre, tienen creo que solo 5 motivos para solicitarlo, y ella debió justificar el mismo. (creo que son adquisición vivienda habitual, boda, enfermedad, operaciones ligadas a salud o problema familiar grave)

bueno 6, también cuando los despiden.
#4

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

¿Puedo entender que lo correcto es lo que indica el apartado 37b  de la ley de la renta ?

https://www.supercontable.com/informacion/impuesto_renta_IRPF/Articulo_37_Ley_35-2006-_de_28_de_noviembre-_del_.html

  b) De la transmisión a título oneroso de valores no admitidos a negociación en alguno de los mercados regulados de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a los mercados de instrumentos financieros, y representativos de la participación en fondos propios de sociedades o entidades, la ganancia o pérdida se computará por la diferencia entre su valor de adquisición y el valor de transmisión.

vamos de facto, FIFO
#5

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

No hay que tributar como rendimiento en especie porque ya se tributó por ese concepto cuando recibió las acciones, si era el caso.
Al liquidarlas hay que tributar por la ganancia patrimonial, si la hay. La ganancia patrimonial es la diferencia de valor entre el valor de liquidación y su valor cuando se recibieron. 
Se aplica el método fifo si las acciones son homogéneas, o sea no se diferencian unas de otras.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

Gracias por la respuesta,
por finalizar me interesa tu comentario,  "cuando recibió las acciones, si era el caso." 

El caso era que hubiera recibido las mismas por un valor mayor de 12.000 anuales ¿verdad? porque según veo en la ley art 42.3.f esos primeros 12mil anuales están exentos ¿cierto? 
#7

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

Sí, están exentos esos 12.000 € siempre que la entrega se haga a toda la plantilla y que no se liquiden en el plazo de 3 años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

Eso había entendido, gracias .
Una última duda , una de sus responsables le indica tal y como tú comentas que debe declarar mediante declaraciones  complementarias las acciones vendidas que haya tenido menos de 3 años como rendimiento del trabajo.
Ahora bien mi duda es , de ser cierto , ¿no debería haber hecho esa retención la empresa al convertirla en efectivo sus participaciones ? Y de ser así si las declaró como rendimiento del trabajo( salario) no debería declararlas como plusvalía ¿No? ¿O esa doble imposición tiene sentido ?
#9

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

La normativa no obliga a practicar retención por esa venta porque igual que las vende a la propia empresa las podría vender a un particular que no tiene obligación de retener. Si está prohibido venderlas a un extraño es algo ajeno a Hacienda.
Tiene que hacer una declaración complementaria del año en que recibió las acciones vendidas ahora, declarando el valor que tenían cuando las recibió como rendimientos de trabajo. 
Además de eso, si las ha vendido con ganancia patrimonial, debe declararla en el ejercicio de la venta.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

Hola, 
no, no puede venderlas a terceros. Es un mercado interno Empresa-Trabajadores, solo tienen derecho a  comprarlas los trabajadores ( una vez que adquieren 1 participación se ganan el derecho de recibir un % de su salario en dichas participaciones) , a su vez solo pueden revenderlas a la empresa en x situaciones.

Ok, entonces entiendo que todo lo referido a 16-18 simplemente se tributa la ganancia patrimonial al cumplirse las condiciones de estar exentas de retención.

y para los años 19-20-21 ,  declaración complementaria para los años 19-20 con el valor de las mismas como rendimiento de trabajo , e incluir estas en la del 21 como rdto de trabajo y a su vez declarar en 21 la ganancia patrimonial usando FIFO del conjunto 16-21 , cuando proceda. ¿si?

¿O los tres años incluyen el 18?

Gracias por tus explicaciones. 

Con todo lo explicado completaré el borrador y pediremos cita el mismo día 3 para que nos lo revise/confirme alguien de la AEAT
#11

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

Ok, entonces entiendo que todo lo referido a 16-18 simplemente se tributa la ganancia patrimonial al cumplirse las condiciones de estar exentas de retención.
16 y 17 exento. El 18 dependerá de las fechas de adquisición y liquidación, porque los tres años se cuentan de fecha a fecha.

y para los años 19-20-21 ,  declaración complementaria para los años 19-20 con el valor de las mismas como rendimiento de trabajo , e incluir estas en la del 21 como rdto de trabajo y a su vez declarar en 21 la ganancia patrimonial usando FIFO del conjunto 16-21 , cuando proceda. ¿si?
No entiendo muy bien tu frase pero me parece que no es así. Las de 19 y 20 (liquidadas) hay que hacer una complementaria para tributar las acciones recibidas ese año como rendimientos del trabajo según su valor al recibirlas. 
Si hay acciones recibidas en 2021 y ya liquidadas, hay que incluirlas en el IRPF de 2021, igual que lasa anteriores como rendimiento del trabajo.
Para todas las liquidadas , sean del año que sean, si se han liquidado con ganancia patrimonial hay que declarar esa ganancia en la declaración del año en que se liquidaron.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

disculpa igual me exprese mal, pero gracias por la aclaración.

Ha ido acumulando participaciones desde 2016 hasta diciembre 21 en donde vendió prácticamente todas. ( la venta no es libre como indique anteriormente y solo en Dic21 cumplió alguna de las condiciones validas para solicitar su venta).
Respecto a 2018, el último aporte de participaciones fue en mayo por lo que el plazo es mayor a 3 años respecto de diciembre 2021.: 

así pues: 
16-17-18 . Exento IRPF. 

19 y 20. Hacer complementaria para cada año como rdto del trabajo indicando el valor de las participaciones al ser adquiridas. 

21. 
-Incluir el valor de las participaciones adquiridas al precio del año 21 como rdto del trabajo.

-Incluir la ganancia patrimonial al realizar la venta de las participaciones para el conjunto del periodo 16-21 (valor venta-valor compra)  


Creo que si es correcto lo anterior , dejo esta última entrada para que pueda servir de ejemplo "claro" para consultas posteriores y la doy por finalizada, Gracias por tus explicaciones y tiempo. 
#13

Re: IRPF2021 Dudas acciones no cotizadas (TV001)

OK, es correcto.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.