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Renta 2021: atrasos salariales por sentencia judicial y reducción del 30% por período generación superior a 2 años

2 respuestas
Renta 2021: atrasos salariales por sentencia judicial y reducción del 30% por período generación superior a 2 años
Renta 2021: atrasos salariales por sentencia judicial y reducción del 30% por período generación superior a 2 años
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Renta 2021: atrasos salariales por sentencia judicial y reducción del 30% por período generación superior a 2 años

Hola, tengo una duda sobre la posible aplicación de la reducción del 30% a los rendimientos íntegros del trabajo prevista en el art. 18.2 de la Ley IRPF. Trataré de esquematizarlo:

- Rendimientos del trabajo cobrados de la empresa A en el año 2021: 30.000 euros. 
- Sentencia judicial firme en el año 2021 que condena a la empresa B a abonar al trabajador atrasos salariales generados del 22 de febrero de 2017 al 21 de febrero de 2019: 35.000 euros.   

En los datos fiscales 2021 aparecen sólo los rendimientos de la empresa A, pero no los atrasos abonados por la empresa B. En este caso tengo claro que no resulta aplicable la reducción por rendimientos irregulares, ya que no se trata de ninguno de los supuestos tasados del Reglamento IRPF, pero sí me plantea dudas si se trata de rendimientos con un período de generación superior a dos, previsto en el art. 18.2 Ley IRPF y que permitiría aplicar la reducción del 30%. Los atrasos tienen un período de generación de 2 años justos, por lo que si se consideran por separado no podrían beneficiarse de la reducción. Pero si se consideran conjuntamente los rendimientos del trabajo de la empresa A abonados en 2021 y los rendimientos del trabajo de la empresa B abonados en 2021 por sentencia firme del mismo año 2021, sí tendrían un período de generación de 3 años (el año 2021 completo los de la empresa A y 2 años, de febrero de 2017 a febrero de 2019, los de la empresa B). 

Estoy buscando consultas vinculantes sobre este particular y no encuentro nada. No sé si he conseguido explicarme con claridad... La cuestión es si hay que dar de alta un rendimiento del trabajo por cada empresa, en cuyo caso por separado no tendría cada uno un período de generación superior a 2 años (la A sería 1 año y la B serían 2 años), o bien incluir los rendimientos de las dos empresas conjuntamente, en cuyo caso el período de generación sería de 3 años y sí se aplicaría la reducción del 30%, es decir un 30% de 65.000 euros (suma de los rendimientos íntegros de las empresas A y B).

Muchas gracias de antemano. Un saludo.
#2

Re: Renta 2021: atrasos salariales por sentencia judicial y reducción del 30% por período generación superior a 2 años

cada ingreso hay que considerarlo por separado para entender si son irregulares o no. 
Es que de hecho, podría haberte pagado ambos la misma empresa -lo que es frecuente, en casos de disputas individuales o colectivas que acaban en los tribunales- y tendrías que valorar aisladamente si a los obtenidos por sentencia les aplica la irregularidad,  con independencia del resto de salarios cobrados regularmente.
En este caso, no se cumple lo de los 2 años, y al no ser una indemnización por despido, no puede tomarse todo el tiempo trabajado en la empresa como periodo de generación.
No sé si podrías analizar si los atrasos pagados incluyen alguna parte de paga extra, con lo cual sí podría sobrepasarse el periodo de 2 años.
#3

Re: Renta 2021: atrasos salariales por sentencia judicial y reducción del 30% por período generación superior a 2 años

Gracias. No hay nada que hacer, en mi caso no es posible aplicar la reducción, pero quería salir de dudas porque la diferencia es muy cuantiosa.