Aplicación cesión del IRPF a las comunidades autonomas
Hola,
Tengo una duda que detallo a continuación.
Con el cambio del porcentaje de cesión del IRPF del 33% al 50%, BOE del 17/07, fijándose su alcance y condiciones con remisión a lo establecido en la L 22/2009, entiendo que se dispone que en el período impositivo 2010 se aplicarán las escalas y tipos de gravamen del IRPF de conformidad con lo establecido en la LIRPF art.63, 65, 74 y disp. trans.15ª redacc L 22/2009 y en la LIRPF disp. adic.28ª.
Con esto entiendo que cuando hagamos la declaración, de las deduducciones como es el caso de donativos, en vez de aplicar el 33% a la parte autonómica, debemos aplicar el 50%. Esto es bastante interesante pues por lo menos en mi caso en algunas ocasiones no he podido deducirme la totalidad, ya que la parte autonómica había quedado cero.
Si me confirman que es así, que ocurre con las deducciones por inversiones en vivienda habitual, se aplica de igual manera.
Tampoco tengo claro si los porcentajes de estas inversiones en viviendas mantienen los tipos que teníamos para el 2009.
Gracias por adelantado y enhorabuena a todos los que participan en este foro.