Re: Subida del IVA
Las facturas deben de imputarse siempre en la fecha de devengo, aunque no las hayan pagado. Surge una diferencia entre la información que posee la AEAT y la que tú declaras. A la AEAT, le "rechina" en el año de pago, ya que tú declaras menos ingresos de los que ellos tienen informados.
Otra opción, sólo para IRPF, es acogerte a la opción de imputar todos los ingresos y todos los gastos de todas tus actividades siguiendo el criterio de cobros y pagos.
Saludos.