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Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta

4 respuestas
Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta
Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta
#1

Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta

Buenos días y saludos a todos los valiosos foreros,

Mi cuestión cursa sobre la fiscalidad de mi arrendmiento tras un cambio en mi vida. La cuestión es que yo tengo desde hace 6 años un contrato de arrendamiento de mi vivienda habitual a mi nombre y abonado desde mi cuenta bancaria. El cambio radica en que en 2020 se vino a vivir conmigo mi pareja, continué con el mismo contrato y abonando el alquiler y algunas facturas de suministro desde mi cuenta, y mi pareja y yo abrimos una cuenta conjunta doónde solo ingresa ella (un cuantía igual a la que yo abono) para otras facturas y demás gastos comunes.

Mi pregunta es de cara a la AEAT, ¿continúo teniendo derecho a deducirme el 100% del abono del alquiler por tener contrato exclusivo a mi nombre y abonar desde una cuenta unipersonal o tener otra cuenta conjunta y algunos gastos cargados a ésta me imposibilita deducir el 100% del alquiler)?

Muchas gracias por su atención.
#2

Re: Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta

en el IRPF solo puede deducir el que figura en el contrato.
Que luego otra persona te esté dando la mitad de lo que pagas, podría ser una donación, pero no afecta a ese derecho a la deducción.
#3

Re: Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta

Ok, gracias Bacalao, buscando información tengo claro que pimero va el arrendatario y el pagador. Pero, también he leído gente que opina que un inspector podría preguntar decir que compartido y decir que no tengo el derecho al 100% ya que otra persona abona otros gastos y sería una forma disminuir el gasto del arrendamiento.
De ahí mis dudas.
#4

Re: Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta

precisamente hay un hilo de estos días de una persona casada en gananciales con el contrato a nombre solo de uno de los cónyuges. Entonces, se supone que cada uno paga la mitad del alquiler, pero solo puede deducir quien tiene el contrato por el 50% que paga.
En tu caso, podría considerarse que, efectivamente, si pagas el alquiler desde la cuenta conjunta, cada uno paga la mitad, pero solo puedes deducir tú por tu mitad.
Sería mejor entonces pagarlo desde una individual ya que no está casado en gananciales. Y si desde la conjunta se abonan los suministros de electricidad, gas,etc, no es el alquiler en sí que estás deduciendo, y no debería haber problema.
#5

Re: Parte de arrendamiento a deducir contrato unipersonal pagos cuenta conjunta

Ok, muchas gracias, si que lo veía asi por contraposición, pero pero alguna duda tenia.