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Si decido vivir en Portugal...tal y como recoge este artículo, puedo acogerme a la legislación portuguesa???
https://www.google.pt/amp/s/europa.eu/youreurope/citizens/family/inheritances/planning-inheritance/indexamp_pt.htm
Obviamente en español no he encontrado nada referente a este tema. La ley española dice que si el heredero vive en España pringa según la legislación española, que obviamente es una mierda en materia de herencias.
Yo no tengo hijos, ni quiero tenerlos, pero sí tengo propiedades inmobiliarias y dinero que tengo pensado dejar a mi sobrina favorita...Obviamente no estoy por la labor de que el estado español meta un bocado del 40, 50% o incluso más a lo que yo me he currado a lo largo de mi vida.
El tema es que no voy a seguir invirtiendo en vivienda en España visto lo visto: pretensión de fijar topes máximos al alquiler, problemas de ocupación, problemas si tienes más de x inmuebles, problema si eres Tita y no quieres ser madre,.... Me atrae mucho más Portugal. Hablo perfectamente portugués y me planteo fijar mi residencia allí en unos añitos. La cuestión es si realmente yo puedo recoger en mi testamento, tal y como recoge este artículo, que al morir quiero que se aplique la legislación portuguesa por ser mi pais de residencia, aunque mi sobri viva en España.
A ver si alguien puesto en estos temas puede informarnos...Una cosa es imposto de selo del 10%de portugal,y otra el atraco que te hacen de muerto en españ quedándose con el 50,60% de lo que te has currado en vida.
Espero vivir aún muchos años, pero esto es algo que hay que ir planificando porque me toca mucho la moral la indecencia de los políticos de este país...
Obviamente en español no he encontrado nada referente a este tema. La ley española dice que si el heredero vive en España pringa según la legislación española, que obviamente es una mierda en materia de herencias.
Yo no tengo hijos, ni quiero tenerlos, pero sí tengo propiedades inmobiliarias y dinero que tengo pensado dejar a mi sobrina favorita...Obviamente no estoy por la labor de que el estado español meta un bocado del 40, 50% o incluso más a lo que yo me he currado a lo largo de mi vida.
El tema es que no voy a seguir invirtiendo en vivienda en España visto lo visto: pretensión de fijar topes máximos al alquiler, problemas de ocupación, problemas si tienes más de x inmuebles, problema si eres Tita y no quieres ser madre,.... Me atrae mucho más Portugal. Hablo perfectamente portugués y me planteo fijar mi residencia allí en unos añitos. La cuestión es si realmente yo puedo recoger en mi testamento, tal y como recoge este artículo, que al morir quiero que se aplique la legislación portuguesa por ser mi pais de residencia, aunque mi sobri viva en España.
A ver si alguien puesto en estos temas puede informarnos...Una cosa es imposto de selo del 10%de portugal,y otra el atraco que te hacen de muerto en españ quedándose con el 50,60% de lo que te has currado en vida.
Espero vivir aún muchos años, pero esto es algo que hay que ir planificando porque me toca mucho la moral la indecencia de los políticos de este país...