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Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

7 respuestas
Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada
Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada
#1

Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

Buenos dias, tras 12 años de pleitos contra unicaja y cajasur, al fin he recibido por sentencia judicial una indemnizacion por las cantidades entregadas a cuenta por la adquisicion de vivienda que no fue entregada y perder todo lo entregada ( promotora en suspension de pagos y todo se fue al traste)....... hasta que  la sentencia del Supremo que hacia responsables a las entidades bancarias por no velar por el dinero que se ingresaba en cuentas al efecto.
Bien mi pregunta es la siguiente, he recibido el total del principal mas los intereses correspondientes desde el primer pago hasta el ultimo y condena en costas a las entidades financieras. Las costas han ido directamente al abogado que me llevo el caso, es decir no me lo han ingresado a mi y por lo tanto yo no he pagado al abogado su minuta,  a mi solo se me ha ingresado principal+ interes.
Bueno espero me saqueis de la duda y muchismas gracias por vuestro tiempo.

Antonio
#2

Re: Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

la indemnización en sí entiendo que no tributa, te han devuelto un dinero que era tuyo en su momento, no hay enriquecimiento.
Los intereses indemnizatorios el criterio de Hacienda es que es una ganancia patrimonial en la base del ahorro.
Las costas judiciales, el criterio de Hacienda era (o es) que son una ganancia patrimonial en la base general de impuesto, porque el gasto en abogados es un "consumo" que no se puede deducir (vamos, como si te lo gastaras en una mariscada); afortunadamente van saliendo sentencias que indican que eso no es así, si van íntegras al abogado y procurador, no hay ganancia alguna. No sé qué criterio está siguiendo Hacienda; si sigue considerándolo ganancia, hasta que haya una sentencia del Tribunal Supremo, o si han cedido.
https://www.fiscal-impuestos.com/costas-procesales-ganancia-patrimonial-exceso-criterio-tsj-madrid.html



#3

Re: Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

Hola, entonces si mal no entiendo, el principal no tributa, los intereses si y la costas al parecer tbn, es asi?....aunque  desconozco la cantidad en costas, ya que no se me pasadao por la cabeza preguntarle al abogado la cuantia..

Muchas gracias
#4

Re: Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

las costas, por lo que te he comentado de que los tribunales están poniendo en duda el criterio de Hacienda, yo no las declarararía, y ya pleitearía si me reclamasen impuestos por ellas.
En el caso que expones, pueden ser una barbaridad, no te exageraría si no fuesen incluso iguales al dinero que has recuperado.

#6

Re: Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

confirma que parece que Hacienda ha aceptado que las costas no hay que declararlas... mejor, así no hay intranquilidad de que pudieran reclamarte algo.

por tanto, según lo que hemos comentado, solo tienes que declarar los intereses como ganancia patrimonial en la base del ahorro.
#7

Re: Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

Bueno, en este pleito el acuerdo, por escrito, era q me vamos a beneficios, es decir si ganaba el juicio le pagaba al abogado el 20% de lo percibido por sentencia, si perdía él no cobraba nada, ...por lo tanto al ser condenada en vista la parte contraria, éstas han ido íntegras al abogado y yo he tenido q abonarle lo pactado, el 20% de lo ganado, y mi pregunta es la siguiente, según este artículo yo me podría desgravar  esos gastos q le he abonado?
Gracias de nuevo

Hacienda declara deducibles de IRPF los gastos procesales del vencedor del juicio


De las costas que perciba podrá deducir la cuantía de los gastos en que haya incurrido con ocasión del pleito, teniendo la deducción como tope la cantidad recibida

#8

Re: Tributacion irpf de indemnizacion por cantidades entregadas acuenta de vivienda no entregada

las costas es un derecho que tú tienes, aunque realmente no pase esa cantidad de dinero físicamente por tu poder.
Luego legalmente es como si tu hubieras recibido las costas por un lado, y por otro has pagado al abogado esas costas + 20% de la cantidad recuperada. 
El párrafo que copias dice claramente que solo se deduce como gasto lo pagado al abogado hasta el límite de las costas, dejándolo a 0. 
Por tanto, no puede poner una cantidad negativa (ese 20%) y con ello, no puedes deducirlo por ningún lado.