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Necesito ayuda con un tema de empadronamiento/declaración de la renta.

16 respuestas
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#16

Re: necesito que me saquéis de dudas y ayudéis a tomar una decisión

Resido junto a mis hijos en una vivienda propia. Poseo un gran terreno de labranza y una casita dentro del mismo . Conocí a una pareja que se dedica al campo  y  les propuse el mantenimiento de mi terreno a cambio yo les ofrecería  vivienda, . Son una pareja responsable.
Mi pregunta es la siguiente: que inconvenientes podría tener al empadronar a dos personas en mi vivienda aumentando así en dos el numero de empadronados?, no he solicitado,  ni puedo solicitar ninguna ayuda económica. En mi caso ¿Tendría repercusión ante hacienda  si no recibo, yo, veneficio económico alguno? , ¿y si ellos solicitaran por algún motivo alguna ayuda?, ¿Cómo me repercutiría todo esto?. Repito,  solo les ofrezco vivienda y empadronarse sin veneficio económico.
 Gracias

#17

Re: necesito que me saquéis de dudas y ayudéis a tomar una decisión

"... les propuse el mantenimiento de mi terreno a cambio yo les ofrecería  vivienda, "

Esto que explicas sería una buena definición de un negocio jurídico catalán que se conoce como "masovería".

A efectos IRPF, hay dos aspectos:
a.- Ellos hacen algo a cambio de algo
b.- Tú recibes algo a cambio de algo

Respecto de a.-, ellos realizarán un trabajo (el cuidado y mantenimiento del terreno rústico), a cambio de algo (el "pago en especies" del derecho a habitar la vivienda de forma no exclusiva).
Se debería efectuar una valoración de ese pago en especies, el derecho de uso y habitación compartido y temporal de una vivienda, a cambio de su trabajo, y ese valor lo deberían declarar en su IRPF como rendimientos del trabajo.

Respecto de de b.-, tu estarías recibiendo una "renta en especies" (el fruto del trabajo personal en el cuidado y mantenimiento de tu terreno rústico), a cambio de la cesión de uso y habitación temporal de una parte de tu inmueble. Eso es un rendimiento inmobiliario, que deberías declarar en tu IRPF.
Como se trataría de un rendimiento algo "heterodoxo", supongo que hacienda no aceptaría como valoración una cantidad inferior a lo que resultase de realizar imputación de rentas inmobiliarias por la parte proporcional de vivienda que deja de ser tu vivienda habitual (pues la cedes a terceros).

Nota: los derechos de uso y habitación tienen normativa de aplicación para establecer su valoración fiscal.

Nota 2: Si los masoveros no se limitan al mero cuidado y mantenimiento de tu terreno, sino que desarrollan en el mismo su propia y verdadera explotación agraria, por su cuenta, estaríamos seguramente frente a un supuesto de aparcería, o de arrendamiento rústico, con pagos en especies.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!