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Tributacion Acta de Notoriedad
A ver si me podeis echar unna mano en este asunto que os expongo:
TRIBUTACION ACTA DE NOTORIEDAD.- Se realiza ante notario una escritura de ACTA DE NOTORIEDAD, para inmatricular en el registro de la Propiedad una vivienda que esta sita en un pueblecito de León. De dicha vivienda existe un documento privado de compraventa del año 1970, adquirido por los padres del otorgante de la escritura, cuyo documento privado esta debidamente liquidado ante la correspondiente Oficina Liquidadora. Los padres del otorgante ya han fallecido y dicha vivienda ha sido incluida en la escritura de la aceptación de la herencia. ¿se podría liquidar el Acta de Notoriedad como EXENTA ya que ya se pagaron los impuestos en el año 1970 por la compraventa, o bien, se tiene que liquidar al 8% como si se tratara de una compraventa actual?.
Muchas gracias
Muchas gracias