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¿Rectificación de la autoliquidación?

2 respuestas
¿Rectificación de la autoliquidación?
¿Rectificación de la autoliquidación?
#1

¿Rectificación de la autoliquidación?

Buenas tardes, tengo una duda:

cuando hemos de declarar ingresos (en este caso, por alquiler de vivienda) que no fueron declararos en el ejercicio correspondiente (IRPF/2018) y, en su caso, la cantidad a devolver sea la misma (por aplicación del mínimo familiar y personal) para declarar tales ingresos ¿debemos hacer una rectificación de autoliquidación o, mas bien, una complementaria? entiendo que debería ser una rectificación (al no cambiar el resultado) pero tengo dudas!!

un saludo, muchas gracias!!
#2

Re: ¿Rectificación de la autoliquidación?

Buenas, 

Te planteo mi visión aunque como ya sabes, aquí todo el mundo puede estar equivocado.

Si no entiendo mal, tu tienes que incluir unos ingresos que no declaraste, pero el resultado de la declaración va a ser el mismo. Yo haría una complementaria, pues solo en el caso de que salga una mayor cantidad a devolver o una menor cuota a pagar, se realizaría una solicitud de ingresos indebidos.

El problema que vas a tener es que muy probablemente te sancionen, no has causado un perjuicio económico a la administración tributaria, pero el hecho de haber declarado mal y rectificarlo fuera de plazo, es motivo de sanción.
#4

Re: ¿Rectificación de la autoliquidación?

Muchas gracias por responer! En un principio entendí como tu, debería ser una complementaria (por el posible perjuicio a Hacienda al no declarar tales ingresos) no obstante, son tan bajos que realmente sale la misma cantidad a devolver y, en la casilla 127 hace referencia a la expresión "también si el resultado no varía", de ahí mis dudas (aunque como omisión deba ser una complementaria en realidad..)