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Duda sobre deuda e inmueble

4 respuestas
Duda sobre deuda e inmueble
Duda sobre deuda e inmueble
#1

Duda sobre deuda e inmueble

Si una deuda se paga con un inmueble y posteriormente este se vende , como se tributa en el irpf , como adquisición el dinero de la deuda que se condona y como transmisión el precio de venta ? O cómo se haría , gracias
#2

Re: Duda sobre deuda e inmueble

Adquisición: lo que te costara cuando adquirió el inmueble + sus gastos y, en su caso, mejoras - sus amortizaciones, si el inmueble estuvo alquilado alguna vez.
Transmisión: el importe de la deuda +  el resto del precio de venta que le entregan una vez saldada la deuda - los gastos soportados, incluidos los servicios jurídicos, si la gestión de la deuda los ha generado.
#3

Re: Duda sobre deuda e inmueble

Mi duda es que si ese inmueble fue dado para intercambiar una deuda de efectivo , si influye eso  a la hora de hacer la declaración del irpf 
#4

Re: Duda sobre deuda e inmueble

No, no influye. 
La legislación habla de transmisión patrimonial, no de "venta", "donación", "pago de deuda" y demás.
A efectos de IRPF, es lo mismo que, con la transmisión, se pague una deuda, o se consiga dinero para pagar una, o se consiga dinero para gastarlo en caprichos, o, incluso, que no se consiga nada porque es un regalo.
Sea cual sea la razón que impulsa la transmisión, el tipo de contrato jurídico y el uso que se haga del resultado, hay que declararla del mismo modo.
Excepto si se trata de una dación en pago, siempre que se pueda justificar que no hay otros bienes suficientes para pagar la deuda con ellos: en ese caso, la posible ganancia está exenta.
#5

Re: Duda sobre deuda e inmueble

muchas gracias