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Re: Doble imposición
En la casilla 588: Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero, le clicas en editar y aparece un cuadro de diálogo: en la casilla de enmedio (Rentas incluídas en la base del ahorro), introduces la cantidad total percibida, en tu caso (19,54€) y en la casilla Impuesto satisfecho en el extranjero, la que te han retenido en origen (3,44€) y ya está. La cantidad de 3,72€ ya la hbrás declarado en Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades (casilla:0029)
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