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Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa

5 respuestas
Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa
Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa
#1

Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa

Hola compañeros, tengo un piso arrendado que adquirí por herencia en un 50% (59300€) y por compra el otro 50% (100000€) , los gastos inherentes a la herencia (16548€) y los inherentes a la compra (2500€).  Según el rentaweb debo calcularlos manualmente ya que se dan las dos situaciones,  pero no sé cómo hacerlo, debo incluir sólo los gastos de herencia? Que pasa con el valor de adquisición de la herencia, no lo establece la comunidad? Me ayudáis a calcularlo?
Por otro lado, he enredado un 50% de una explotación de olivos, en la que hemos creado una comunidad de bs, estamos en módulos, para 2019 hay que aplicar un coeficiente de 0,13, sobre unos ingresos de 9500, el rendimiento neto sería de 1235 y habría q minorar los ingresos en 8265 Pero no sé cómo reflejarlo, en qué casilla ponerlo, ni si debo reflejar  la cantidad a minorar ni dónde.
Os agradezco enormemente la ayuda que me podáis dar.
Gracias
#2

Re: Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa

Los gastos por amortización son "el mayor de...".

En la práctica te lleva a que seguramente en la parte de adquisición lucrativa, sea respecto del valor catastral, y en la parte onerosa, sobre el precio + gastos inherentes.

Tienes una limitación respecto de la parte de adquisición lucrativa, que no puedes superar el coste efectivamente satisfecho.

Ejemplo, supongamos que por recibo del IBI; sabes que valor de construcción es un 40 % del valor catastral.
En la parte lucrativa tienes el tope de gastos por amortización de hasta el 40 % s/16548 €.
Cuando hayas llegado (o hubieses llegado, aunque no hayas aplicado amortizaciones), se entiende que ya deduciste todo lo deducible, y ya no tienes más amortización en la parte lucrativa.
La parte onerosa no tiene esa limitación legal.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa

Gracias por contestar, si te he entendido bien, debo calcular en la parte lucrativa :
0,40*16548*0’03 
Yen la parte onerosa
102500*0,40*0,03
Es correcto?
#4

Re: Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa

Si la proporción entre suelo y contrucción es esa, más o menos.
Con la peculiaridad de si, por ejemplo, el valor catastral fuese 80.000, 32.000 € la construcción.

Parte lucrativa, el mayor de: coste efectivo de adquisición o valor catastral:

Por coste efectivo de adquisición 16548 x 0,40 x 0,03 = 198,58 €
Por valor catastral: 80.000 x 0,50 x 0,40 x 0,03 = 480 €

Eso sí, en la parte lucrativa podrías ir acumulando amortizaciones hasta que la suma de las mismas hayan llegado a 16458 x 0,40 = 6.583,20 €

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#5

Re: Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa

Entendido, gracias. He estado leyendo que hay una sentencia de los tribunales del país vasco que considera la parte lucrativa como onerosa dado que así lo consideran otros impuestos, sucesiones, para ser calculados.
Sólo comentarlo.
Respecto al otro punto, ¿No sabrías indicarme cómo incluirlo?
Saludos
#6

Re: Amortización de piso arrendado adquirido de forma onerosa y lucrativa

Eso que comentas en relación a adquisiciones lucrativas creo que fue respecto del cálculo de ganancias patrimoniales, no respecto de rendimientos. O al menos así lo recuerdo vagamente. Puedo estar equivocado.

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