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Estimación Objetiva; Rectificación Pagos fraccionados RDL 15/2020
Según el RDL 15/2020, los contribuyentes en el sistema de Estimación Objetiva-MÓDULOS, pueden rectificar los pagos fraccionados reduciendo los días de actividad, ¿pero solo se aplicara en cuanto a la reducción de los días de actividad, o bien se tendrían que prorratear todos los módulos del contribuyente en relación a esos días de actividad (Titular, mesas, metros de barra, metros de local....), para el calculo de la cuota trimestral?.
Gracias y buen día