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Consolidación de dominio - Herencia

10 respuestas
Consolidación de dominio - Herencia
Consolidación de dominio - Herencia
#1

Consolidación de dominio - Herencia

Buenas tardes:

Soy nuda propietaria y en estos momentos tengo que hacer consolidación de dominio en la comunidad de Cataluña.

Más o menos sé lo que hay que hacer: instancia firmada por notario, pago impuesto Sucesiones que pagó en su día el usufructuario y registro civil.
 
Mis dudas son las siguientes:
 
-      Debo pagar plusvalía municipal? Tengo entendido que no pero agracedería me lo confirmaran.
-      En cuanto al cambio de titularidad del IBI, debo hacerlo yo por mi cuenta o una vez registro haga las anotaciones, pasa la información a catastro?

Este último tema me preocupa ya que, yo no soy la heredera del usufructuario y es posible que los que lo son, cierren la cuenta por la que se pagan los ibis y no quisiera tener deudas posteriores, por lo que me gustaría agilizar el cambio de titularidad.

Resido lejos de donde están estas propiedades y había pensado acercarme y dirigirme al ayuntamiento, por lo menos para que si todavía no se puede cambiar la titularidad, sí pueda cambiar la domiciliación de los pagos. 

Desconozco cómo funciona este periodo transitorio. No sé si debo hacer frente del pago inmediatamente tras la defunción del usufructuario o si mientras realizo las gestiones, el banco sigue pagando los recibos.

Muchas gracias de antemano
 


#2

Re: Consolidación de dominio - Herencia

No hay plusvalía, salvo que te toque uno de los Ayuntamientos que piensan que si. En principio no, no lo menciones siquiera.
Se supone que la escritura se comunica al catastro, pero, como dices, para evitar problemas en el próximno recibo, no está de mas que te acerques y lo hagas, y pongas una cuenta tuya para domiciliar el pago. El IBI se devenga a 1 de enero, pero se paga mas tarde, depende del municipio, normalmente entre abril y junio. Por lo que si ya había fallecido antes del 1 de enero, te toca a ti, se haga cuando se haga la consolidación formalmente. Lo mejor es que se haga el trámite cuanto antes para que el próximo recibo salga a tu nombre y a tu cuenta. No obstante, si se acaba pagando por la anterior cuenta, simplemente, se lo pagas a los herederos después.

La domiciliación que tengan seguirá su curso mientras no se cierre la cuenta y haya dinero, incluso aunque se cambie el titular, ya que lo importante es cobrar, sea de quien sea. Y en caso de que no haya tiempo, siempre se puede pagar con el recibo como toda la vida, en el periodo de pago voluntario, el Ayuntamiento te lo emite y vas y lo pagas en el banco.

Un saludo

#3

Re: Consolidación de dominio - Herencia

Muchas gracias por tu respuesta.
Falleció la segunda semana de enero. Entiendo pues que el ibi de este año no me corresponde pagarlo a mí?

Saludos cordiales
#4

Re: Consolidación de dominio - Herencia

Y en caso de impago de este ibi, es el heredero el que debe hacer frente, cierto?
#5

Re: Consolidación de dominio - Herencia

No te corresponde a efectos del impuesto, ya que no eras el obligado al pago a 1 de enero. Por lo tanto, es correcto que el recibo salga a nombre del fallecido y lo paguen los herederos, que a su vez, lo pueden poner como deuda del fallecido y deducirselo en el impuesto de sucesiones.
Otra cosa es que vistos los pocos días del año transcurridos, moralmente se te podría pedir que hicieras frente al mismo tú. Sería negociable entre vosotros.

Un saludo

#6

Re: Consolidación de dominio - Herencia

Sí, todo es hablarlo/
Muchísimas gracias.
#7

Re: Consolidación de dominio - Herencia

Disculpa que abuse de tu amabilidad.
Tengo entendido que para consolidar, no es necesario hacer escritura sino que basta presentando una instancia a registro junto con la liquidación de sucesiones.

Puede el registro de la propiedad obligarme a escriturar?

Gracias de nuevo.
#8

Re: Consolidación de dominio - Herencia

No, no es obligatoria escritura, no obstante, como se suele aprovechar la de adjudicación de su herencia, la suele haber.
Solo una instancia y el certificado de defunción, aunque por lo visto te exigen que el notario legitime tu firma, el cual te cobra unos 12 euros.

Un saludo

#9

Re: Consolidación de dominio - Herencia

El registro me ha dicho que sí y el gestor me comenta que no deberían.
En fin. Por lo visto, hay que dar de comer a todo el mundo.

Gracias de nuevo
#10

Re: Consolidación de dominio - Herencia

Pues puedes cantarle las cuarenta al del registro y de paso decirle que no intenten timar tanto a la gente, que cualquier día nos vamos a cansar de que nos tomen por tontos

Un saludo

#11

Re: Consolidación de dominio - Herencia

Ya... ganas no me faltan.
Pero ya sabemos que si me pongo quisquillosa, tengo yo las de perder.