Repudiar Herencia y Fiscalidad
Un coheredero quiere repudiar su herencia prescrita para el devengo del Impuesto de Sucesiones y que incluia parte de una vivienda en una sucesion sin testamento antes de hacer la particion y quiere ir al Notario para hacerlo en escritura publica sin avisar a los demas coherederos .Me han dicho que puede hacerlo porque repudiar es un acto individual.
Los otros coherederos deberian tributar por la parte repudiada en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones entiendo pero no se que fecha toma la del deceso o la de la repudiacion.
¿Quien avisa a los demas coherederos q uno unilateralmente ha repudiado su herencia y tienen que tributar por esa mayor cuota que se le asigna?
¿Sino tributan en los 6 meses despues de repudiar la herencia el coheredero seran sancionados?¿El Notario elevara a publica la escritura de repudiación y se la notificara a Hacienda?
Gracias