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Perdidas patrimoniales no declaradas en IRPF de ejercicios prescritos

3 respuestas
Perdidas patrimoniales no declaradas en IRPF de ejercicios prescritos
Perdidas patrimoniales no declaradas en IRPF de ejercicios prescritos
#1

Perdidas patrimoniales no declaradas en IRPF de ejercicios prescritos

Buenas tardes ¿El saldo neto negativo de ganancias y perdidas patrimoniales por operaciones de bolsa no declaradas en ningún IRPF y de un ejercicio ya prescrito se pueden "aflorar" ahora para arreglar las compensaciones con ganancias patrimoniales por operaciones de bolsa de ejercicios no prescritos? ¿En caso afirmativo ¿cual sería el procedimiento de "aflorarlas"? Supongo que ya no se puede presentar una declaración complementaria de un ejercicio prescrito ¿Es posible declararlas sin más como tal saldo negativo de ganancias y perdidas en la declaración con ganancias que interesa compensar con tal saldo negativo?

Muchas gracias

#2

Re: Perdidas patrimoniales no declaradas en IRPF de ejercicios prescritos

no me cuadra lo que dices; las pérdidas se compensan en el ejercicio en que se producen y los 4 siguientes.

ejercicio 2014, declaración presentada en 2015, prescribe justamente en unos días, es el más antiguo del que se pueden compensar pérdidas pendientes en el ejercicio 2018 - que es el que se está presentando ahora-.

Por tanto, podría presentar una solicitud de rectificación para los ejercicios 2014,15,16,17 para que se le reflejen dichas pérdidas en 2014 y se vayan arrastrando a los años posteriores. Si no, dudo que admitan  en 2018 unas pérdidas pendientes de compensar que aparecen "de la nada".

Y si lo que expones es realizar una solicitud de ingresos indebidos para, por ejemplo, 2017 basándote en pérdidas no declaradas en 2013 por ejemplo, que ya está prescrito, no creo que, por lo dicho, las admitan.

 

#3

Re: Perdidas patrimoniales no declaradas en IRPF de ejercicios prescritos

Muchas gracias por tu ayuda.

Se trata de una cartera de valores de una persona física que registró un saldo neto positivo de ganancias y perdidas patrimoniales en 2014 que no fueron declaradas en su momento, pese a que en los ejercicios 2013 y 2012 sufrió un saldo neto negativo en ambos ejercicios mayor que el saldo positivo del 2014 (si hubiera declarado 2014 en su momento no hubiera pagado nada). Pero esa perdida patrimonial de 2012 y 2013 tampoco fue declarada en su momento. La persona en cuestión no realiza ni realizó otra actividad en esos años más que la de la cuenta de valores mencionada que por otra parte no registró movimientos en 2015-2019 pero que mantiene unas acciones compradas desde 2014. Repito que no hay declaraciones del IRPF ni por las perdidas ni por las ganancias de 2014 y hay acciones en cartera de las que supongo que la AEAT no tendrá constancia.

Si se le presenta declaración del 2014 fuera de plazo, antes de que prescriba en unos días tal ejercicio ¿podemos incluir en ella los saldos negativos de 2013 y 2012, no declarados en su momento y correspondientes a ejercicios ya prescritos? Entiendo que se regularizaría de este modo ante la AEAT la cartera de valores de cara a al momento futuro en que decida venderlos ¿Que ocurriría con tal cartera de valores si no se presenta ahora el IRPF extemporáneo de 2014?

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4289981-declaracion-irpf-2014-fuera-plazo

 

 

#4

Re: Perdidas patrimoniales no declaradas en IRPF de ejercicios prescritos

Si no entiendo mal, se trata de:

-pérdidas netas en 2012 y 2013 no declaradas.

-ganancias netas en 2014 tampoco declaradas.

De lo explicado en la primera respuesta, si no incluyó las pérdidas en 2012 y 2013, no parece que vayan a admitirlas como compensables en 2014.

y en cualquier caso, ¿qué va a lograr presentando una declaración fuera de plazo de 2014? Las pérdidas de 2012-13 pudo compensarlas hasta 2016-17 máximo, indicas que la declaración de 2014 le saldría lo mismo (nada a pagar) y en los años posteriores no ha tenido ganancias patrimoniales para compensar.

Esas pérdidas no se pueden arrastrar indefinidamente, con independencia de que en 2014 pudiera compensar una parte; solo las puede arrastrar hasta 2016-17, como ya he indicado.

Por tanto, si tiene actualmente acciones en cartera, cuando las venda, si tiene ganancias, no va a poder compensar de ninguna manera esas pérdidas antiguas. Todo lo relativo al IRPF de 2012 y 2013 ha prescrito ya, y lo de 2014 prescribe mañana 30 de junio -por lo que podemos decir que a efectos prácticos ya ha prescrito hoy sábado, pues me parece que en fin de semana no reparten notificaciones-.

Creo que tu confusión está en pensar que si unas pérdidas antiguas -2012, 2013- se compensan parcialmente en un año posterior -2014- vuelve a resetearse el plazo para poder compensar lo pendiente, y no es así.