Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

6 respuestas
Duda declaración renta / IRNR / Reclamación
Duda declaración renta / IRNR / Reclamación
#1

Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

Buenas tardes:

Tengo ciertas dudas y quizás me podríais ayudar a iluminar un poco el asunto. Os cuento…

El ejercicio anterior fui beneficiaria de una beca de internacionalización regional. Por ello la sociedad de internacionalización de mi comunidad me mandó a Estados Unidos durante prácticamente el año completo. Es decir, el gobierno regional me pagó mi sueldo/beca mensualmente mientras estaba en una empresa estadounidense. Fui mi único pagador en todo el año.

El primer mes me retuvieron como un 14% de IRPF y después el 2% aludiendo a las tablas de Hacienda, aparte de la cuota de la seguridad social todos los meses (unos 100 euros en total). A los seis meses me dejaron de retener por haber pasado más de 183 días fuera de España y en teoría me lo tenían que devolver, pero después quedaron en que tenía que reclamarlo yo a Hacienda.

Resulta que por un lado tengo que reclamar esto y por otro, como la dotación era de alrededor de 28000 euros, no sé si tengo que hacer la declaración de la renta.

Con respecto a la declaración, cuando llego al final del proceso me sale a pagar más de 4000 euros y la verdad es que me resulta muy raro.

Mis preguntas son:

¿Tendría obligación de hacer la declaración o simplemente tendría que presentar el modelo 210 para que me devuelvan lo retenido y ya? Si así fuera, no habría ningún problema en indicar en residencia fiscal «España», ¿no?

Si tuviera que presentar la declaración, ¿podría pedir la exención 7p?

¿Alguna idea de porque me sale, teóricamente, a pagar 4000 euros? ¿No se supone que las becas de este tipo (internacionalización regional e ICEX) están exentas de tributación? ¿En caso de que sí que tuviera que declarar y no estuvieran exentas, no se supone que el 2% es el tipo correcto y que me tendría que salir a pagar solo los siguientes 6 meses que no me retuvieron (Junio-diciembre; unos 300 euros)?

Os agradecería cualquier tipo de aclaración o consejo que pudierais tener. Cualquier ayuda es binevenida. Gracias.

 

Saludos,

#2

Re: Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

Entiendo que viviste allí en 2018 (de enero a diciembre más o menos) y no un curso académico (que pilla a caballo entre dos años), ¿correcto? Si es así, no te corresponde hacer la declaración de la renta (IRPF) en España. Lo que te corresponde presentar aquí es el IRNR (modelo 210). Otra cosa es que luego tengas que hacer la declaración de la renta en EEUU, pero eso es otro tema y no puedo aportar mucho ahí.

#3

Re: Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

Las becas que están exentas son de enseñanza oficial, no este tipo.

Tampoco podrías aplicar la exención del 7.p ya que, aunque se haya realizado en el extranjero, entiendo que quien se ha beneficiado de tu trabajo no ha sido una empresa no residente, que es otro requisito, o me parece que puede ser muy difícil demostrarlo cuando el pagador es una institución pública española. Eso ya tienes que decidir si tienes pruebas.

La cuestión es que, por un lado, antes la Agencia Tributaria consideraba que becarios tipo ICEX debían tributar siempre por el IRPF ya que consideraban su ausencia espóradica,y por tanto no contaba el tiempo en el extranjero para los 183 días al año. Pero el Tribunal Supremo dijo en repetidas ocasiones que cuenta estrictamente el tiempo pasado fuera.

http://lopezcantal.es/devolucion-cantidades-retenidas-cuenta-del-irpf-la-obtencion-una-beca-extranjero/

En su información sobre este tema, la AEAT hace referencia a esas sentencias, pero indica que tú debes demostrar que has sido residente en el otro país (aportar un certificado de residencia allí, o la declaración de impuestos...) para ser no residente.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Fiscalidad_de_no_residentes/_Impuesto_sobre_la_Renta_de_no_residentes_/Sin_establecimiento_permanente/_INFORMACION/Informacion_General/Cuestiones_sobre_residencia/Estudiantes.shtml

 

Así, yo veo dos alternativas, y en ninguna te escapas de pagar una buena cantidad, pues te han retenido muy poco:

-Presentar el IRPF. Los 28.000 euros están sujetos al impuesto, entiendo que no están exentos por el 7.p) como indico arriba, ni tampoco es una beca de estudios oficiales. Al ser los ingresos del trabajo más de 22.000 hay obligación de presentar la declaración.. Con solo 300 euros de retención te saldrá a pagar bastante.

-Presentar el IRNR (el modelo 210 del que hablas) por un lado y por otro reclamar las retenciones del IRPF, pues creo que las retenciones a cuenta del IRPF no pueden restarse en el IRNR, cosa que sí ocurre al revés. Ten en cuenta que el tipo en el IRNR para rendimientos del trabajo es el 24% cuando la residencia es en un país fuera de la Unión Europea, con lo cual igualmente te va a salir a pagar una cantidad alta (por lo menos 6.000 euros) y puede que encima la AEAT te pida que demuestres documentalmente esa residencia fuera de España para devolverte las retenciones del IRPF.

 

Por ello, si te sale a pagar menos en el IRPF, yo lo presentaría, pues la AEAT la información que tenga será sobre este impuesto, y mira a ve qué cantidad que aparece en el borrador: qué cantidad le ha declarado el organismo pagador, si todo o solo una parte. Es muy raro lo de que no te hayan retenido nada durante una parte del año, deberían haber retenido por IRPF o por IRNR.

#4

Re: Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

Hola, chicos:

En primer lugar, muchas gracias por vuestras respuestas.

 

Berto27: En efecto, estuve allá de enero a diciembre, por lo que no me pilló a Carballo entre dos años fiscales. Yo me planteé también lo de la obligación de tributar en EEUU. El tema es que si bien es cierto que estuve en una empresa americana, al recibir la beca en España, pagar SS en España, etc. la empresa nunca pagó impuestos por mí, ni tengo número de SS estadounidense ni numero fiscal. Realmente constancia fiscal de que estuviera allí, ninguna.

 

Bacalo: Entiendo, por mucho que lo vendan como “beca” son rendimientos del trabajo como una casa. Voy a consultar bien como se quedaría con el IRNR, pero por lo que me comentas me da que se me va a quedar mejor si presento la declaración.

Ya... Si raro es, pero ya sabemos todos cómo funcionan los organismos autonómicos... En principio me retenían el 14% porque el tipo que me aplicaba a la cuantía mensual, pero desde el segundo mes me retenían sólo el 2% aludiendo a las tablas y a, si no recuerdo mal, que era un contrato de prácticas (temporal), duración inferior de un año, etc. Pero sí, me retuvieron IRPF 6 meses y los 6 siguientes absolutamente nada más allá de la cuota de la SS. 

 

 

#5

Re: Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

Mira a ver qué aparece en tu borrador del IRPF; si no han informado de los últimos 6 meses a la Agencia Tributaria, podría entenderse que los declaran exentos por el 7.p, aunque podría suceder que más adelante revisen la situación y la rectifiquen, con lo cual te encontrarías  con tener que abonar la cantidad pendiente con intereses y recargo.... tienes que valorar la situación.

#6

Re: Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

Subo este post porque quería plantear un caso propio. En 2014 fui becario regional en un país fuera de la Unión Europea, de un organismo de internacionalización regional, tal y como cuenta Marti26. Presenté el IRPF en base al criterio que existía en ese momento.

Este año me enteré de las sentencias del Tribunal Supremo al respecto, y además de que a algunos compañeros míos en idéntica situación les han devuelto las retenciones, así que me animé a presentar rectificación de autoliquidaciones

En principio me ha venido propuesta de denegación, basándose en que "debería demostrar que incurrí en error de hecho al presentar irpf2014" y "no se certifica la residencia fiscal en el otro país" y ahora tengo un plazo para alegaciones. El caso es que tengo un poco la mosca detrás de la oreja por leer algunos comentarios como el de Bacalo, en el sentido de que pudieran llegar a aplicarme un 24% de irnr (que evidentemente es más que el 18-19 que me retuvieron a mí) aunque como digo a compañeros míos les han devuelto las retenciones íntegras y les han hecho presentar irnr bien exento por ese artículo 7, o bien con el tipo del 8% (parece que eso suele ser a criterio de la Delegación de Hacienda de turno...).

Además otro tema es que el plazo para presentar la irnr de 2014 ha prescrito, en teoría...

¿qué opináis?
#7

Re: Duda declaración renta / IRNR / Reclamación

alguien?