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Fallecido residiendo comunidad diferente al empadronamiento - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

2 respuestas
Fallecido residiendo comunidad diferente al empadronamiento - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Fallecido residiendo comunidad diferente al empadronamiento - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
#1

Fallecido residiendo comunidad diferente al empadronamiento - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Buenas noches, me gustaría saber cuánto tiempo hay que residir  en una localidad hay que demostrar respecto a un fallecido para que se le considere residencia habitual. Nº se por una parte he leído la mayor parte de los últimos 5 años de vida y por otra parte los últimos 3años. Ya que un familiar falleció si bien vivía en una ciudad distinta a donde estaba empadronado. La familia hizo el pago en la provincia donde falleció y la provincia donde estaba empadronado el fallecido reclama cobrar el impuesto de sucesiones.  Muchas gracias

#2

Re: Fallecido residiendo comunidad diferente al empadronamiento - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Lo correcto es la mayor parte de los cinco años anteriores al fallecimiento. El empadronamiento puede ser un indicio, pero no es prueba de residencia, lo importante es la residencia real.

Si ya habéis liquidado y hay otra Comunidad Autónoma que lo reclama, decidle que no vais a pagar dos veces (solo faltaría) y por tanto que lo plantee aquí:

http://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Financiacion%20Autonomica/Paginas/JA%20Regimen%20Comun.aspx

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Fallecido residiendo comunidad diferente al empadronamiento - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Como dice Juan, es donde se ha residido mas tiempo de los 5 últimos años, y ahí es donde se ha de declarar. Si lo habéis hecho bien, simplemente contestar eso, y aportar pruebas de que vivía allí y desde cuando, ya que el empadronamiento no os apoya.

En cualquier caso, si aportáis copia del impuesto pagado y la otra CA sigue considerando que es la competente, tendrá que reclamar el traslado del expediente y los cuartos a la que tiene el dinero, y a continuación, si de verdad se traspasa con declaración expresa de incompetencia, ya podría comprobaros la liquidación y hacer complementarias en su caso. 

Eso no es muy habitual salvo en herencias cuantiosas y con dudas mas que razonables sobre la residencia efectiva del fallecido, si en vuestro caso se ve claro, os dejaran tranquilos al aportar copia del impuesto pagado.

Un saludo