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Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación

5 respuestas
Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación
Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación
#1

Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación

Buenas tardes,

Después de leer muchos mensajes en el foro y las consultas vinculantes a la DGT, finalmente me doy por vencido y me reconozco incapaz de determinar, de las minusvalías obtenidas el año pasado con 1 valor, cuales puedo imputarme el año pasado y cuales quedan cautivas. Lo he intentado de muchas maneras y cada vez llego a un resultado distinto.

¿Podrías por favor alguien echarme una mano? Las operaciones de compra y venta tan "raras" responden a que por desconocimiento utilicé 2 brokers diferentes. Lección aprendida para futuras ocasiones.

Os pongo la tabla 

A ver si me podéis ayudar porque estoy bastante frustrado. Siempre tendré la opción de llevarlo a un asesor fiscal, pero la cuestión es que ¡quiero entenderlo!

¡Muchas gracias de antemano y un saludo!

#3

Re: Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación

Gracias Inversionenjuego.

He leído el artículo pero no me ayuda. Sólo trata de pasada la norma antiaplicación. Y la cuestión es que yo la teoría me la sé bastante bien, pero he sido incapaz de llevarla a la práctica en el caso concreto que he presentado en mi consulta.

En cualquier caso, muchísimas gracias, y a ver si otro compañero sabe la respuesta.

Un saludo!

#4

Re: Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación

Hola de nuevo Knaikos.

Quizás para entenderlo, te falta que apliques el método FIFO a tu cartera de valores, es decir, tienes que tener en cuenta que las primeras acciones que vendes, son las primeras que compraste, es decir, el día 22/06 vendes un total de 2054 acciones a 7,43, de las que 847 se corresponden con las que compraste el 28-12-2017 a 10.47 y el resto 1207 son del 19-06-2018 a 7.32.

En segundo lugar, tienes que tener en cuenta que: En el caso de que existan compras de valores homogéneos, como es tu caso, efectuadas en el plazo de dos meses anteriores a la venta, no puedes imputar la pérdida patrimonial cuando las compras supongan "una recompra", para lo que se distinguen las siguientes situaciones:

a) Que después de la venta no queden acciones homogéneas en el patrimonio del contribuyente (en este caso si se pueden imputar)

b) Después de la transmisión, el saldo de acciones homogéneas debe ser igual o superior al número de acciones compradas en los dos meses previos a la venta, en cuyo caso se considera recompra por el número total de las compradas en los dos meses previos.

c) Después de la venta el saldo de acciones homogeneas sea inferior al número de acciones compradas en los dos meses previos a la transmisión, y en este caso, se considera recompra, el número de acciones adquiridas en dicho plazo igual al de las existentes después de la venta.

Si aplicas el método FIFO y tienes en cuenta estos tres casos de adquisición de valores homogéneos, podrás determinarlo más claramente.

Un saludo.

#5

Re: Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación

Aplicando el FIFO en las ventas y no considerando que tengas 2 depositarios distintos, que es indiferente fiscalmente , tienes :

 

La venta con mas perdidas corresponden a las primeras 847 acciones adquiridas el 28/12/17 y que vendes cuando vendes 2.054 acciones el 22/06/18 con una perdida de  2.574,88 euros , desde esta perdida realizas varias adquisiciones y ventas y en la ultima venta del 31/10/18 te quedan en cartera  865 acciones.

La compra del 31/08/18 por 2.083 acciones ya ha quedado fuera de los dos meses desde la venta del 22/06/18 con las perdidas mas grandes, de 2.574,88 euros  y esta perdida te queda liberada.

Con la compra del 18/12/18 y 04/01/19  haces que las perdidas del 31/10/18 de 2.008 acciones por valor de 361,44 euros queden cautivas y un pico insignificante de 11 acciones que se pueden despreciar por valor de  0.88 euros pendientes.

Las demás perdidas del 02/07/18 por valor de 111,38 euros también están liberadas con las ventas posteriores.

En resumen solo tienes cautivas y no puedes aplicar la venta con perdidas de 2.008 acciones del 31/10/18 por valor de 361.44 euros.

No puedo explicarte mecanismo porque es complicado, pero el consejo es que si tienes estos movimientos , procures que al final de ejercicio si tienes ventas con perdidas, dejes la cartera a CERO de acciones y no recompres mas hasta transcurrido mas de 2 meses desde la ultima venta con perdidas, de esta forma podrás aplicar todo sin lios.

Y mejor que para este juego, es mejor los derivados, como las Opciones o Futuros que no tienen esta norma.

Saludos

#6

Re: Venta de acciones: ayuda con la norma antiaplicación

Muchas gracias Lunatico. Estoy calculando paso a paso con todas las compras/ventas, viendo qué acciones quedan recompradas, qué minusvalías en diferimiento quedan liberadas y cuáles no... Creo que llegaré al resultado que apuntas. Lo estoy haciendo de manera metódica, siguiendo las indicaciones que he encontrado en este completo artículo: 

https://inlucro.org/normativa-anti-aplicacion-de-perdidas-en-el-irpf/

Cuando lo tenga todo listo lo compartiré por si a alguien le es de utilidad.

 

Un saludo!