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Donación de padre a hijo. Tema tratado pero me falta concreción

2 respuestas
Donación de padre a hijo. Tema tratado pero me falta concreción
Donación de padre a hijo. Tema tratado pero me falta concreción
#1

Donación de padre a hijo. Tema tratado pero me falta concreción

Buenos días,
Mi consulta está relacionada con el trámite para recibir una donación de una vivienda (padre a hijo).
Información resumida:
- Se trata de una segunda vivienda de mis padres, un piso que mi padre compró en 2014 por 40.000€, en la Comunidad Valenciana.
- Todos vivimos actualmente en la Comunidad Valenciana.

Al tributar en el Impuesto de donaciones, quisiera saber cuáles son las reducciones a las que podría acogerme.
Mi situación de bienes actual (hijo que recibirá la donación de la vivienda) queda reducida a la posesión de una plaza de garaje comunitaria. Disponía de una vivienda desde 2006, la cual vendí en 2018, ocasionándome una pérdida patrimonal de unos 1.000€, según el resultado de mi declaración de este año.

En definitiva, quisiera conocer todos los gastos relacionados con la donación de la vivienda.

Un saludo y gracias por la información

#2

Re: Donación de padre a hijo. Tema tratado pero me falta concreción

La Comunidad Valenciana dispone de una Pagina, donde tienes todas las explicaciones y los Modelos de Autoliquidación que se deben hacer, en las Donaciones (Adquisiciones Inter vivos), te paso el enlace:

http://atv.gva.es/es/tributos-impuestos-declaraciones-sd

Tienes exento los primeros 100.000 euros (Instrucciones para la confección del Modelo 651) y según comentas no dispones de un patrimonio superior a 600.000 euros, por lo cual tienes derecho a esta exención.

También la Comunidad tiene unos valores de Transmisión los cuales no deben ser inferiores a los establecidos por esta Comunidad, para valorar la Donación . Si la vivienda es solo propiedad de tu Padre vale una sola Liquidación, si por el contrario es de la Comunidad de Gananciales (Ambos padres), es necesario dos liquidaciónes al 50% para cada donante.

Los donantes o donante han de declarar esta donación (Transmisión) en su IRPF , declarando la perdida o ganancia en función del valor de adquisición y el valor de la donación.

http://csi.ha.gva.es/kiosko/valor_bien_urbano.principal?el_idioma=CAST

Enlace para obtener la valoración dada por la Comunidad Valenciana.

Saludos

#3

Re: Donación de padre a hijo. Tema tratado pero me falta concreción

Gracias Lunatico, muy resolutivo como siempre-
Saludos.