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Deducir tras venta de vivienda habitual

27 respuestas
Deducir tras venta de vivienda habitual
Deducir tras venta de vivienda habitual
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#17

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Las liquidaciones firmes no se van a ver afectadas.
#18

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Gracias, ya me dices
#19

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Hola, si me llegó la declaración que me hizo hacienda más intereses. Todo pagado este año. A parte de la multa, también pagada.

Ahora que ha salido la ley y no ha prescrito(vendí en 2021). No puedo reclamar?
#20

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Las liquidaciones "firmes" no se ven afectadas porque no se pueden impugnar. Pero se puede solicitar la rectificación por no haber prescrito.

P.D. Pongo lo de firmes entre comillas porque en realidad son provisionales aunque adquieran firmeza.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#21

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Puedes reclamar. Ya te dije en un mensaje anterior que lo hagas, que es gratis, y, como en la lotería, puede tocar: a las que les habían liquidado por considerar exentas las prestaciones de maternidad, cuando la Ley decía lo contrario, consiguieron que liquidaciones firmes se eliminaran y les devolvieran el resultado de las mismas cuando hubo una sentencia del Supremo en 2018.
Pero que puedas no significa que te vayan a dar la razón ahora mismo, porque el cambio de criterio del TEAC no afecta a liquidaciones en firme. Otra cosa es que esto escale al Supremo, o al Parlamento, y cambie la Ley; si, en ese momento, tu reclamación está en marcha (a nivel administrativo o judicial), tendrás fácil que te afecte. Si lo dejas pasar ahora, quizá ya no puedas hacerlo entonces.
Lo que no está bien es que entre alguien al foro a decir que puede conseguirte la anulación de una liquidación firme o de una sanción (de hecho, si observas bien, no lo dice, para evitar que se le acuse de timador). Puede solicitarlo en tu nombre, eso es todo. Pero eso no te asegura un resultado positivo.
Ahórrate dinero y problemas: simplemente, escribe en un Word, con tu DNI y tu nombre y apellidos, que te hicieron una comprobación limitada de 2021 que finalizó con una liquidación eliminando parte de la deducción por adquisición de vivienda habitual, y que quieres que se aplique el criterio establecido en la Resolución del TEAC y te reintegren lo pagado, incluyendo el importe de la sanción y de los intereses de demora. Y lo entregas en tu Administración de la AEAT, en Registro General. No necesitas ni cita previa. O, si tienes certificado digital o Cl@ve, puedes registrarlo desde tu casa. Trastea un poco por la web de la Agencia.
#22

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Buenas, estoy en la misma tesitura por partida doble. Por una parte mi mujer vendió la casa en 2020 y nos llego la temida carta de hacienda en 2023, tuvimos que pagar la liquidación y la sanción, total unos 1500 euros y en 2021 vendí yo la mía y lo mismo, en el 2024 liquidación y sanción. Mi duda es, con la de mi mujer no hay nada que hacer por mucho escrito que se presente ¿no?, creo que ya está prescrita. Con la mía creo que sí, pero me interesaría mas la de ella porque fue mucho mas dinero. ¿puede servir de algo mandar el escrito o al estar prescrita ya no vale para nada?, la liquidación se pagó en el 2024. Gracias.

Un Saludo.
#23

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Yo creo que no ha prescrito ninguna de las dos. Ni la de tu mujer ni la tuya.
Mi consejo es que solicites la devolución de ambas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#24

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Gracias por contestar , pensaba que estaba prescrita al haber pasado 4 años.

Un Saludo.
#25

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

La prescripción se suspendió al enviar Hacienda nueva liquidación (y encima con sanción). Desde entonces no han pasado 4 años.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#26

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Ok, gracias por las respuestas.
#27

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Hola Enasua,
ya tengo el documento realizado para pedir la anulación y devolución. Tengo Clave, pero no se exactamente en que apartado debo subir el Documento PDF, hay muchos apartados y sub apartados sobre declaraciones... pero para no liarla y que llegue a buen puerto..., tu lo sabes?

sino he encontrado uno genérico que es este:
 
  • Trámite: ZZ015 - Presentación de recurso o solicitud
  • Procedimiento: ZZ01 - Procedimiento genérico de revisión
 
a ver si me puedes ayudar, 
muchas gracias por avanzado.

Saludos,

#28

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

No conozco el nombre de los diferentes procedimientos, lo siento.
#29

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

Hola, puse una llamada a la agencia tributaria para saber donde subir el PDF,  me han llamado y dicen que como ha pasado mas de 1 mes o 2 meses en caso de la multa, que no se puede resolver via agencia tributaria, que tengo de ir a poner una denuncia por lo contencioso-administrativo... Sabeis como funciona este tema? es gratuito? puedo ganar o encima tendré de pagar costas?? son unos 1700 entre la deducción+intereses+multa.. y eso tengo de contratar abogado?
gracias,
#30

Re: Deducir tras venta de vivienda habitual

 Lo que te ha dicho la AEAT es lo fácil para ellos: se ha pasado el plazo para recurrir la multa. Pero no se trata de recurrir nada sino de otra cosa: solicitar.

Tu caso es más complejo porque todo nace de una resolución injusta como ha reconocido el TEAC. 
No necesitas, de momento, ir al contencioso y gastar dinero. Para la liquidación y sus intereses tienes que solicitar la rectificación de la liquidación en base a la resolución del TEAC. 
En cuanto a la sanción, lo correcto es pedir su revocación en base al art 219 de la Ley General Tributaria (Revocación por circunstancias sobrevenidas). Una vez anulada la liquidación, procede la revocación de la sanción.
Todo ello, rectificación de la liquidación y revocación de la sanción en el mismo escrito, adjuntando los comprobantes y la referencia a la Resolución del TEAC.
Para que no te líen con la presentación online, lo mejor es que lo hagas por escrito y lo presentes en el Registro de tu Delegación con copia para que te la sellen de entrada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.