Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Retenciones del Trabajo Mal calculadas

3 respuestas
Retenciones del Trabajo Mal calculadas
Retenciones del Trabajo Mal calculadas
#1

Retenciones del Trabajo Mal calculadas

Una empresa paga a un trabajador 17.000.-€ y le retiene 50,00.-€, como no llega a la cantidad mínima de IRPF, el trabajador no hace la declaración; ahora recibe una complementaria de hacienda, indicando que ha sido el el que ha facilitado mal los datos a la empresa para la correcta aplicación de las retenciones. (esta practica ha sido así durante dos años y el trabajador pensaba que todo estaba bien, al tercer año y sin que nadie le aportara ningún dato nuevo a la empresa  las retenciones están bien).  El trabajador cuando entro a trabajar en la empresa aporto todos los datos  que en su día le requirieron, entendiendo que ha sido un descuido/error de la empresa.  ¿Qué Alegaciones se podrían hacer ante la AEAT?.

gracias

#2

Re: Retenciones del Trabajo Mal calculadas

Si por sus rentas no estaba en la obligación de presentar declaración, puede salvar eso de no tener que presentqrla ahora.

Pero de lo que no se libra es de la sanción por no haber presentado el modelo 145. En este caso, infracción muy grave y sanción del 150 % de las cantidades dejadas de retener.

El modelo 145 no es un papel que te piden en la empresa, es un papel que el trabajador tiene la obligación de presentar, con independencia de si en la empresa te lo facilitan o no te lo facilitan. Hay que presentarlo al inicio de una relación, y cada vez que exista una variación sustancial de datos que alteren el cálculo de la retención. Es obligación del trabajador saber si tiene cambios en sus circunstancias vitales, y comunicarlo a la empresa.

Con hacienda, según los números, quizás se podría salvar un poco la cosa si presenta declaración extemporanea, ya que entonces se podría negociar que en lugar de una sanción por infracción muy grave, fuesen dos sanciones, una por presentación extemporanea, y otra leve por incorrección de datos del 145. Aunque no se si hacienda estará por la labor, y si eso, sumando lo que suma, y restando lo que resta, le saldría a cuenta.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Retenciones del Trabajo Mal calculadas

La Empresa es la obligada a realizar correctamente la retención en función del salario previsto y de acuerdo con los datos facilitados en el Modelo 145, que el trabajador ha de cumplimentar.

Si el trabajador tiene copia del Modelo 145 cumplimentado,  bien en el ejercicio concreto o en ejercicios anteriores, sin que se hayan producido diferencias con respecto a lo presentado inicialmente, es lo que puede adjuntar como alegación para dejar constancia de que la comunicación enviada a la Empresa, es la correcta con su situación personal.

Si no puede demostrar que la comunicación dada a la Empresa es la correcta, tendrá que asumir el la infracción.

Saludos

#4

Re: Retenciones del Trabajo Mal calculadas

Muchísimas Gracias.

Buenas tardes.