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Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

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Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes
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Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes
#1

Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Buenas, tengo ciertas dudas respecto a la situación actual en la que nos encontramos y me gustaría que alguien me las pudiese resolver.

Nuestro padre y sus hermanos tienen una Comunidad de Bienes para gestionar el patrimonio que recibieron de sus padres. Esto es un piso, dos locales y un garaje.

Esta C.B. está en régimen de atribución de rentas que declaran en el I.R.P.F., y ninguno está dado de alta como autónomo, y entendemos que en este caso no es necesario ya que no aportan trabajo ni capital y los ingresos son por rendimientos de capital inmobiliario, aunque no estamos del todo seguros.

La situación del piso es que esta vacío por lo que se les imputa una renta, al igual que los locales. Pero en el garaje tienen casi todas las plazas alquiladas y aquí empiezan mis dudas.

La situación actual es que uno de los comuneros ha fallecido, y era el que llevaba las cuentas junto con un asesor, y sus herederos somos los sobrinos. Hemos empezado a mirar todo lo que tiene hecho y nos parece que hay algunos errores, ademas de dudas que nos han surgido:

 -Hemos visto que presenta anualmente el modelo 184 aunque vemos que mete gastos de amortización de la construcción, pero lo amortiza al 3% y entendemos que debería ser como máximo al 2% o como mínimo en 100 años.

 -En referencia al I.V.A., lo único que ha realizado es la presentación del modelo 303 trimestralmente y anteriormente el 390, pero ahora creemos que no hace falta, por el tipo de actividad estaríamos exonerados de la declaración-resumen de I.V.A.. Pero nunca ha realizado los libros registro de facturas emitidas y recibidas por lo que ya estamos realizándolos, pero nos encontramos con un problema; no todas las plazas de garaje están alquiladas siempre, pero el asesor que le hacia las facturas para cada mes le adjudicaba un numero de factura para cada plaza, estuviese alquilada o no, y después le daba las facturas de los clientes, por lo que nos encontramos con plazas con numero de factura pero sin cliente y sin factura por lo que al hacer el libro registro de facturas emitidas nos encontramos con saltos en la numeración correlativa, ya que no creo que sea muy normal registrar una factura con importe 0€ y sin concepto. Según el asesor tiene que ser así por que obliga la “ley” para que se sepa cuantas plazas tienen. Nosotros no hemos encontrada nada de esto y creemos que lo hacía porque le resultaba así más cómodo a la hora de hacerlo con una hoja Excel, arrastraba la enumeración del anterior mes y no tenía que llevar el control de saltos de plazas que estuvieran vacías.

- Por otro lado teníamos pensado alquilar los locales y entendemos que estos alquileres tendrían que llevar retención si se alquila a empresas o profesionales pero hemos leído que tendríamos que darnos de alta en hacienda como retenedores, pero no estamos seguros de esto ni que tendríamos que hacer.

Además de esto ¿la legislación nos obligaría a llevar algún libro más, como el libro de ingresos o gastos? Teníamos pensado comprar un ordenador o Tablet para llevar las cuentas, ya que hasta hora todo era en papel, y no sabemos si se consideraría bien de inversión y si por tanto tenemos que llevar un libro registro de bienes de inversión.

Un saludo y muchas gracias

#2

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Lo primero es saber si es rendimiento del capital inmobiliario o actividad económica. Pareciera que es mera administración del patrimonio inmobiliario, sin desarrollar una actividad económica.

Las dudas:

1.- La amortización del vuelo, si es rendimiento, es el 3 % del mayor de "valor catastral de la construcción" o "coste efectivo de adquisición". La tabla que pones (2 % 100 años) es para actividades económicas.

2.- Sí, si es rendimientos inmobiliarios, se puede utilizar el 303 4T para declarar la anualidad, sin tener que presentar el 390. Lo de la numeración no correlativa de las facturas es un poco irregular, supongo que una forma de ser prácticos para el gestor, pero irregular. En el caso, cabría hacer una serie deferenciada por cada plaza de garaje, manteniendo la correlatividad respecto de cada serie.

3.- Si arrendais los locales, y os aplican retención, los retenedores son los inquilinos, no vosotros. No teneis que hacer nada. Si el inquilino actúa como empresario o profesinal, y la renta anual (B.I.) supera los 900 €, está obligado a retener. Incluso aunque en el recibo o factura no se exprese dicha retención.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Muchas gracias por tu respuesta, nos has aclarado muchas cosas.

Se considera únicamente rendimientos de capital inmobiliario, no actividades económicas. Aunque si que es verdad que en el 390 o ahora en el 4ºT del 303 en "Actividades a las que se refiere la declaración" tenemos que poner el epígrafe del IAE 8612, pero nosotros no tenemos que darnos de alta en el IAE.

Muchas gracias y un saludo. 

#4

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Abusando de tu amabilidad te consulto algunas dudas:

Oficina en proindiviso de tres propietarios. Se constituye una Comunidad de Bienes para alquilarla. La AEAT ya nos ha dado NIF.

Dudas:

Se declara triimestralmente IVA mediante el 303. Se incluyen los gastos de comunidad e IBI (aunque no tienen IVA) ¿se incluye también la amortización ( 3% del valor catastral de la construcción atribuible a cada trimestre)?

Si no procede incluir la amortización en el 303 ¿dónde se incluye? ¿en el 184?

He leído que dices que no es necesario presentar resumen anual IVA (390). Que se puede hace en el 303 4T ¿Cómo se hace?

Muchas gracias de antemano

Un saludo

 

 

#5

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Ni comunidad ni IBI ni amortización son base imponible del IVA, por lo que no se declara en el 303.

Sí son gastos legales del rendimiento del capital inmobiliario, por lo que hay que tenerlo en cuenta en el 184.

En el 303 del 4T solo hay que rellenar los campos que te señalen al respecto, para hacer declaración anual, además de la trimestral.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Muchas gracias.

Un saludo

 

#7

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Te vuelvo a incordiar para consultarte algunas dudas prácticas:

¿Cómo presento telemáticamente ( y hago el ingreso correspondiente) el 303 en la AEAT?.

Soy representante de una CB (constituida para alquilar un local) y tengo firma digital. Siempre he presentado telematicamente como autónomo con el certificado digital mis declaraciones.

Pero para presentar la de la CB no me deja utilizar mi certificado digital. ¿cómo lo hago?.

Supongo que el 184 tendrá el mismo problema.

Gracias 

Un saludo

 

 

#8

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Debes sacarte el certificado de representante de persona juridica.

Acta de los comuneros en cuanto te autorizan a ser el representante digital, y cita previa en la AEAT (previo paso por la web de la FNMT).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#9

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Muchas gracias.

Un saludo

#10

Re: Dudas fiscales en una Comunidad de Bienes

Ya he puesto en marcha la solicitud del certificado de representante de la CB.

El impreso 184 sí me deja presentarlo con mi certificado digital personal (no el de representante de la CB). Supongo que también me dejará presentarlo con el certificado digital de representante. ¿Con cuál crees que debo presentarlo?

Gracias

Un saludo

Otra cosa:¿Hay que presentar algún otro impreso como CB o sólo el 303 y el 184?.