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Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

15 respuestas
Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones
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Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones
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#1

Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Buenos días, 

El 10 enero recibí una notificación de hacienda donde me daban 10 días para presentar documentación, pedimos una ampliación de 5 días hábiles y presentamos la comunicación. En el mes de junio nos respondieron y nos daban 10 días para  presentar alegaciones, las presentamos. Y a día de hoy han pasado los 6 meses + los 5 días hábiles que dilatamos el proceso. Mi duda es, ¿Ha caducado? Hay gente que me dice que si y otros que aún no, pero oficialmente no sé nada y estoy en un sin vivir. La comprobación era del año 2013 así que creo que si ha caducado también ha prescrito. ¿ Me podéis ayudar? Gracias!!

#2

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Si estamos hablando de IRPF, la prescripción del año 2013 se produjo el día 02.07.18.

Pero al tener una notificación en el mes de enero, queda sin efecto esa fecha.

Un saludo.

#3

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

No ha caducado puesto que la notificación de Hacienda fue el pasado enero (y todavía no habían pasado los 5 años).

#4

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Artículo 104. Plazos de resolución y efectos de la falta de resolución expresa.

El plazo máximo en que debe notificarse la resolución será el fijado por la normativa reguladora del correspondiente procedimiento, sin que pueda exceder de seis meses, salvo que esté establecido por una norma con rango de ley o venga previsto en la normativa comunitaria europea. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen plazo máximo, éste será de seis meses.

El plazo se contará:

a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha de notificación del acuerdo de inicio.

b) En los procedimientos iniciados a instancia del interesado, desde la fecha en que el documento haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Pêro tambien existe este parrafo:

A los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos, será suficiente acreditar que se ha realizado un intento de notificación que contenga el texto íntegro de la resolución.

Los períodos de interrupción justificada que se especifiquen reglamentariamente y las dilaciones en el procedimiento por causa no imputable a la Administración tributaria no se incluirán en el cómputo del plazo de resolución.

Saludos

 

#5

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

En base a los datos que aportas, habría caducidad y en consecuencia también prescripción, salvo que antes del 15 (o quizás 17) de julio se hubiera producido algún intento de notificarte la resolución.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

A día de hoy, no he tenido ningún intento de notificación.
Un saludo

#7

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Muchas gracias a todos por las respuestas!! Creo que me queda un poco más claro que seguramente ha caducado pero sigo dudando de la prescripción.
No hay forma de saberlo “oficialmente” sin preguntar en hacienda de forma directa??

Gracias!!

#9

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

La diferencia de este caso con el mío, es que en este caso ha habido resolución, en el mío no, se supone que ha caducado. Y en algún sitio he leído, que los procedimientos caducados no interrumpen el plazo de prescripción .

#10

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Sí, claro. Para eso están las leyes.

Mira el art 101 de la Ley General Tributaria (pongo el párrafo correspondiente):

Dicha caducidad no producirá, por sí sola, la prescripción de los derechos de la Administración tributaria, pero las actuaciones realizadas en los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción ni se considerarán requerimientos administrativos a los efectos previstos en el apartado 1 del artículo 27 de esta ley.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.t3.html#a104

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Para mí, la diferencia importante con esa consulta vinculante es que en tu caso hay caducidad, en esa consulta no.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Muchísimas gracias!!!

#13

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

El punto importante es saber si el requerimiento inició el procedimiento de comprobación, o no. Mira a ver lo que dice al final del mismo, si se inicia en ese momento, está claramente caducado y prescrito, si no, podría estarlo también, pero habría que lucharlo en recursos, porque ellos entenderían que se inició en la propuesta, en junio, con lo que no caducaría hasta diciembre.

Un saludo

#14

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Buenos días

En la que recibí en enero pone...” Con la notificación de la presente comunicación se inicia un procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada, procedimiento que puede finalizar con la práctica de una liquidación provisional.”

Gracias por la respuesta!!

#15

Re: Caducidad comprobación limitada IRPF - opciones

Pues ya está claro, caduca a los seis meses de la recepción de esa carta.

Un saludo