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IRNR declaracion

2 respuestas
IRNR declaracion
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IRNR declaracion
#1

IRNR declaracion

Hola,

tengo que presentar el IRNR porque resido en Holanda y no tengo muy claro lo siguiente:

- si tengo un piso vacio en Espana y pago el 19% del 2% del valor catastral, siempre me sale un importe a pagar. Tengo que presentar la declaracion cada 3 meses?

- si no he presentado ninguna declaracion y me doy cuenta ahora :(, deberia presentar todo desde que me he dado de alta con el Modelo 30 como residente en el extranjero? creeis que tendre una multa?

Agradezco comentarios, porque voy muy perdida y/o si me podeis recomendar un asesor de impuestos para este tema.

Gracias,

Blntxu

#2

Re: IRNR declaracion

Tienes que presentar la declaracion obligatoriamente cada tres meses. Modelo 210. La próxima seria entre el 1 y el 10 de octubre, dado que tienes que pagar.
En teoría deberías presentar las anteriores también. Te paso la página de un bufete de abogados, son los que me hacen a mi las declaraciones. Muy Buenos:
http://zadal.es/

Saludos
Francisco

#3

Re: IRNR declaracion

cuidado, si el piso lo tienes vacío, la imputación de rentas en el IRNR del 1,1% o el 2% del valor catastral, según esté o no revisado el valor, hay que hacerla solo 1 vez al año, durante el año siguiente, ya que se devenga a 31 de diciembre.

Si está alquilado, entonces sí hay que presentar la declaración cada 3 meses, en los 20 días siguientes a la finaliación del trimestre.

En relación con las rentas devengadas a partir de 1 de enero de 2011, el plazo es:

  • Las rentas imputadas de inmuebles urbanos deberán declararse durante el año natural siguiente la fecha de devengo.
  • Rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles: tres meses una vez transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de la transmisión del inmueble.
  • Resto de rentas: los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, en relación con las rentas cuya fecha de devengo esté comprendida en el trimestre natural anterior.

.

 

Más información:

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Fiscalidad_de_no_residentes/_Impuesto_sobre_la_Renta_de_no_residentes_/Sin_establecimiento_permanente/_INFORMACION/Informacion_General/Cuestiones_sobre_bienes_inmuebles/Tributacion_de_los_inmuebles_urbanos_propiedad_de_no_residentes_personas_fisicas.shtml

 

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Fiscalidad_de_no_residentes/_Impuesto_sobre_la_Renta_de_no_residentes_/Sin_establecimiento_permanente/_INFORMACION/Informacion_General/Gestion_del_impuesto__modelos__representacion_y_retenedor/Plazo_de_presentacion_del_modelo_210_a_ingresar.shtml