Deduccion por adquisión vivienda habitual
Al fallecimiento de mi madre me acogí a la "deduccion por adquisicion de vivenda habitual" para reducir los impuestos a pagar. Tenia el requisito de no poder venderla en el plazo de diez años. Ahora a punto de concluir me asalta la duda de la fecha, ¿seria la del fallecimiento, la de la aceptacion de herencia o la de aceptacion del recurso por el que me concedieron la deduccion?.
Debo aclarar que existian dos conceptos "deduccion por adquisicion de vivienda habitual" y "deduccion por adquisicion de vivienda habitual del causante", yo me acogi al primero.