Acceder

Gastos deducibles alquiler IRPF

8 respuestas
Gastos deducibles alquiler IRPF
1 suscriptores
Gastos deducibles alquiler IRPF
#1

Gastos deducibles alquiler IRPF

Buenos días. Tengo algunas dudas sobre los gastos deducibles del alquiler cuando eres el arrendador...

He leído informaciones que a priori puede parecer que dicen lo mismo, pero no ¡y ahora mismo ya no sé qué hacer! En unos sitios hablan de contrato anual sin más y en otros especifican que los gastos deducibles se deben prorratear según el número de meses que ha estado alquilada la vivienda.

Mi caso es el siguiente: A mediados de diciembre de 2016 la anterior inquilina dejó el piso y hasta mayo de 2017 no ha entrado en él un nuevo inquilino, con el que he firmado un contrato anual de mayo 2017 a mayo 2018. Los 4 primeros meses de 2017 el piso ha estado vacío ya que está destinado únicamente para el alquiler del mismo como vivienda habitual (importante destacar que no es de alquiler vacacional ni estacional por lo que he leído también en cuanto a la apliación de la reducción del 60%...).

Mi 1ª pregunta es, ¿puedo deducir el importe íntegro de los gastos de 2017 (prima de seguro de hogar, recibos CCPP, IBI, etc.) o tengo que hacer la cuenta para deducir sólo lo correspondiente a 8 meses de 2017?

Y la 2ª es saber si al haber firmado un contrato anual tengo derecho a la deducción del 60% o al estar alquilado durante 8 meses de 2017 + 4 de 2018 no tengo derecho a esto...

Gracias y un saludo!

#2

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

Los gastos de caracter anual, cuando el alquiler corresponde a un periodo inferior, dichos gastos se han de prorratear en funcion del tiempo en alquiler, el tiempo que ha estado a disposicion del propietario se declara como Renta Imputada por dicho periodo (dias).

La aplicacion del 60% de reduccion de la renta neta, es siempre que el inquilino haya tenido esta vivienda como residencia habitual ( no de temporada), con idependencia del periodo en que haya estado ocupandola.

Saludos

#3

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

Entonces debo cambiar la clave de "Destino" en la declaración?

Es decir, escoger la opción "Arrendado y a disposición de sus titulares" aunque yo no haya vivido en el piso en lugar de sólo "Arrendamiento" como venía haciendo hasta ahora"?

#4

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

Efectivamente, has tenido el inmueble en las dos condiciones en el año 2017.

Si no has vivido, si lo has tenido a tu disposicion, que es la condicion para declararlo como Renta Imputada.

Saludos

#5

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

Muchas gracias por tu ayuda. Si no te importa te voy a hacer una última consulta que me surgió ahora al mediodía:

Si el seguro de hogar lo contraté en noviembre y también es anual (la prima que pagué en noviembre de 2017 me cubre de ahí a noviembre de 2018), ¿cómo haría el cálculo? El piso lleva alquilado desde mayo de 2017. Me estoy volviendo un poquillo loca porque es la primera vez que me encuentro con esto de alquileres a mitad de año y no quiero meter la pata.

¿Y la prima del seguro de impagos? Ése lo contraté en mayo porque se hace con la entrada del nuevo inquilino y para con esa persona en concreto, ¿que me podría deducir la parte correspondiente de mayo a diciembre de 2017 en este IRPF y los 4 meses restantes en la declaración de la renta del año que viene?

#6

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

Siempre se prorratea los meses en que ha estado alquilado en relacion al importe y periodo pagado.

El seguro de hogar si en el 2017 cubre 2 Meses y estos ha estado alquilado, le corresponde gastos a deducir del alquiler 1/6 de la prima. El otro pago de Seguro si cubre los 8 ultimos meses del 2017 y en estos ha estado alquilado, el importe a deducir sera 8/12 de la prima pagada.

Saludos

#7

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

Pero el resto del importe no lo pierdo, ¿no?

Podré deducir en la declaración de 2018 la fracción correspondiente entiendo. Creo que he visto un apartado de "gastos deducibles de ejercicios anteriores" o algo así ¿?

#8

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

En el ejercicio 2018 tendras que operar lo mismo con los gastos en funcion del tiempo que tengas en alquiler y declares rentas.

Si tienes pagada una prima en el 2017 que solo coge 6 meses del 2017 , asignaras los gastos del 50% al 2017 y el otro 50% al 2018 , y en funcion de los periodos en que tienes Renta de Alquiler le asignaras la parte de estos gastos.

No debes tener en cuenta el momento del Pago sino del Devengo , el Pago lo realizas en un determinado dia y el Devendo comprende los meses por los que has realizado el pago de la Prima.

El IBI lo pagas en Noviembre generalmente, pero abarca todo el año que te viene en el Recibo del IBI. y si en ese año tienes solo 6 meses de alquiler, le asignaras como gasto del IBI el 50% de  lo pagado, y asi cada ejercicio y con cada pago que sea anual.

Saludos

#9

Re: Gastos deducibles alquiler IRPF

Muchísimas gracias. ¡Me has aclarado un montón de dudas!