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Declaracion pago atrasado

9 respuestas
Declaracion pago atrasado
Declaracion pago atrasado
#1

Declaracion pago atrasado

Buenos días, 

A ver si podeis ayudarme, he cobrado por nomina de marzo del 2018 una cantidad atrasada de la empresa del 2017.

La empresa me dice que debo esperar al 2019 para realizar una complementaria del 2017 , de este importe porque ellos todavia no lo han notificado a hacienda como pago del 2017.

En cambio he leido por internet, que si el pago se realiza  ( e n este caso fue el 30/03/2018 )  antes que empieze el periodo de  renta del 2017 ( es decir el 4 de abril del 2018 ) puede incluirse este importe con la renta del 2017 y  no tener que hacer la complementaria. Pero veo el problema que si ellos no lo han declarado no les coincidirá el importe a hacienda.

Si lo incluyo en la declaración del 2017 la parte que me descuentan de irpf del importe atrasado, ¿ la incluyo en la casilla de retenciones.?

Como lo veis espero hacer la complementaria o lo incluyo este año?

 

Gracias

#2

Re: Declaracion pago atrasado

Debes incluirla como renta del 2017 en la presente declaración, coincida o no con los datos que tenga la AEAT, es una incongruencia y por qué no decirlo, una soberana tontería, presentar una complementaria de este año el año que viene cuando estás a tiempo de incluirlo en su propio año y hacerlo correctamente.

Debes incluir tanto los ingresos como las deducciones y retenciones.

Un saludo

#3

Re: Declaracion pago atrasado

muchas gracias, es como lo veo yo, una tonteria esperar al año que viene si puedo declararlo todo ahora.
gracias

#4

Re: Declaracion pago atrasado

Por no abrir otro tema con la misma temática, estoy en una situación parecida. Pagos atrasados del 2012, que los acabo de cobrar en el 2018. Me dicen que tengo que hacer una complementaria del 2013.

Ni idea de cuando han informado a hacienda de este pago, ni si lo han hecho...

Tengo la duda de si esto prescribe en agosto de este año, o si al haberse hecho el pago ahora, caducará dentro de 5 años... 

No me escondo, lo pregunto por si es posible "hacerme el loco", y esperar hasta agosto, plazo en el cual doy por hecho que prescribe la declaracion del 2013  y me ahorro de declarar esos ingresos.

Gracias.

#5

Re: Declaracion pago atrasado

Habría que saber por qué te pagan ahora atrasos de 2012 ¿Se trata de una sentencia judicial?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Declaracion pago atrasado

Disculpa, si, hubo Concurso de acreedores y esa cantidad pertenece a una parte de nómina que no se pagó en su día, y que debido, entiendo yo a sentencia judicial, el administrador concursal ha repartido entre los trabajadores como atrasos, a cada uno en proporcion a lo que se le debía.

Lo que no tengo claro es si se reparte debido a una sentencia judicial o bien entra dentro del proceso de liquidación de una empresa...

 

#7

Re: Declaracion pago atrasado

Disculpas de nuevo. He errado un dato. Eran unos atrasos de 2013, que habia que haber declarado en la declaración del 2013, que es la realizada en el 2014.
Esto de que se hace un año después me ha llevado a la confusión. He puesto 2012 pero es un error. Son pagos del 2013, de ahí que tenga la duda de si prescribe ahora en el 2018. Gracias

#8

Re: Declaracion pago atrasado

Las rentas del trabajo no hay que declaralas mientras no se cobran, por tanto no tenías que incluirlas en la declaración de 2013.

Si lo percibido ahora es consecuencia de una sentencia judicial, corresponde al año en que la sentencia fue firme. Sería necesario conocer ese dato.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Declaracion pago atrasado

Gracias Juan por la aclaración. La sentencia fue a principios de este año o finales del pasado.
En ese caso mejor declararlo y quitarme un posible futuro problema.

#10

Re: Declaracion pago atrasado

Hola, buenas. Yo me encuentro en una situación muy parecida. El pago por medio del fogasa en año 2018 con sentencia judicial el 2016 y que no es más que la falta de pago de las nóminas correspondientes a dos meses del año 2012. Entiendo que lo de sentencia judicial es cuando sentencian que tienen que pagarte algo que tú crees que te corresponde y no se aplica esa fecha para incluir el sueldo reconocido ya en sus meses correspondientes del año 2012.no?. En caso de hacer complementaria del año 2012, a estas alturas con tantos años por pasados, como narices haces eso???? Si ni siquiera puedes ver tus datos fiscales de aquellos años en la web.
Por cierto, xag1974, que solución le diste al asunto?.

Saludos