IRPF 2017: Donación y compraventa de un mismo sola.
Hola, a ver si alguien me puede hechar un cable que estoy muy perdido. Os cuento mi caso. En el año 2017, mi abuelo me traspasó a mi y a mi pareja un solar sin edificar, en el que el 50% me lo dejaba a mi por donación y el otro 50% del solar se lo pasaba a ella por compraventa para la construcción de nuestra futura casa. El problema radica a la hora de calcular la ganacia o perdida patrimonial, según el manual de ayuda que establece hacienda nos comenta lo siguiente: "
El importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales será:
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En el supuesto de transmisión onerosa o lucrativa, la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión de los elementos patrimoniales."
En cuanto al valor de adquisición no tengo problemas, ya que es el valor que refleja en las escrituras cuando mi abuelo realizo la compra del solar. En cambio para el valor de transmisión menciona lo siguiente:"
El valor de transmisión será el importe real por el que la enajenación se hubiese efectuado.
Por importe real del valor de enajenación se tomará el efectivamente satisfecho, siempre que no resulte inferior al normal de mercado, en cuyo caso prevalecerá éste.
De este valor se deducirán los gastos y tributos inherentes a la transmisión en cuanto resulten satisfechos por el transmitente.
Cuando la transmisión hubiere sido a título lucrativo se tomará por importe real el que resulte de la aplicación de las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Aquí me viene la primera duda, ya que tengo un mismo terreno (solar sin edificar) que esta afectado al 50% tanto por una transmisión onerosa y lucrativa. Qué valor debería poner, el que puse en el modelo 600 (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales) o el modelo 651 (Impuesto sobre sucesiones), o la suma de ambos valores?
Otro apartado en el que tengo dudas es el valor que puedo deducirme de los gastos y tributos inherentes a la transmision ya que lógicamente fueron asumidos por mi y mi pareja. Entre estos gastos tenemos el modelo 600, modelo 651, plusvalía municipal (la mitad repercute en mi abuelo y la otra mitad en mi, cosa que no entiendo muy bien, supongo que será al reacer en mi la donación) y gastos de registro. Cuales podría incluir?
Muchas Gracias.
Un Saludo.