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Inversion de sujeto pasivo por la compra de un inmueble pero...

2 respuestas
Inversion de sujeto pasivo por la compra de un inmueble pero...
Inversion de sujeto pasivo por la compra de un inmueble pero...
#1

Inversion de sujeto pasivo por la compra de un inmueble pero...

Buenos dias antes de nada felicitar por el foro y dar las gracias a los que lean y comenten el mensaje.

En breves dias yo como autonomo tengo previsto comprar un inmueble para dedicarlo a mi actividad, el asunto esta en que se trata de un inmueble adquirido a otra sociedad por lo que en principio pensaba solicitar la compra como sujeto pasivo para asi no abonar el iva ( aqui en canarias igic ) correspondiente, la duda que tengo es que si podre o no puesto que me acaban de decir que la empresa vendedora esta inactiva desde hace algun tiempo, es decir no esta extinguida ni liquidada pero si inactiva de forma fehaciente en la aeat. Ademas el inmueble es un inmovilizado propio de esa empresa por si sirivera de algo doy ese dato.

Yo entiendo visto desde fuera que a mi no me repercute en nada la situacion de dicha empresa ni su fiscalidad puesto que aunque me tuviese que joder y pagar el iva de la factura despues me  lo descontaria de mi facturacion, pero quizas haya algun supuesto o epigrafe en hacienda que me impida solicitar la inversion de sujeto pasivo si la empresa esta inactiva.

Akguna sugerencia o luz en el camino ¿? Muchas Gracias

 

#2

Re: Inversion de sujeto pasivo por la compra de un inmueble pero...

Entiendo que de lo que se trata es de pagar IVA (IGIC) (y poder deducirtelo) en vez de TPO, a través de la renuncia a la exención del art. 20 de la Ley del IVA.

Pues bien, está claro que tú cumples los requisitos, pero no tanto que los cumpla la empresa transmitente. No obstante, según esta consulta, parece que si puede renunciar.

 

INFORMA

106828-RENUNCIA A LA EXENCIÓN: CESE EN LA ACTIVIDAD

Pregunta

  • Una sociedad cesa en su actividad el 31.12.N, en enero del año N 1 transmite su inmovilizado, salvo los derechos de cobro.

    En su caso ¿podría renunciar a la exención?

    La transmisión tiene lugar pasado el período de regularización.

Respuesta

  • Se trata de una transmisión sujeta por no transmitir un conjunto de bienes que constituyan una unidad económica autónoma.

    Si parte de los bienes transmitidos se afectaron exclusivamente a operaciones sin derecho a deducción y la transmisión se realiza fuera del período de regularización, la entrega estará asimismo exenta.

    No obstante, si se trata de inmuebles cuya entrega está exenta por ser segunda o ulterior transmisión, podrá renunciarse a la exención de acuerdo con el artículo 20.Dos.

Normativa/Doctrina

  • Artículo 7 .1º, 20Uno.22º.A), 20.Dos Ley 37 / 1992 , de 28 de diciembre de 1992 .
  • Artículo primero. Siete Ley 28 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .

 

 

 

Un saludo

#3

Re: Inversion de sujeto pasivo por la compra de un inmueble pero...

Disculpame no soy juzgo ni abogado entiendo poco de fiscalizador, efectivamente se trata de no soltar el iva de la compra al tratarlo como una operación entre profesionales o empresas. Se que en el modelo de hacienda quedaría como que lo declaró pero me lo deduzco y el resultado es cero pero no se si la empresa estando inactiva puede vender o no sus bienes y tampoco se si por estar inactiva puedo deducirmelo, quizás alguna aclaración más u otras opiniones me ayuden a entender la situación mejor. Gracias