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Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

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Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual
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Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual
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#1

Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

La Agencia Tributaria me hizo un requerimiento (el pasado 27 de diciembre de 2017), en relación a la deducción por vivienda habitual que vengo realizando desde 2007 o 2008. Me requerían las escrituras o contratos de los préstamos hipotecarios que tiene (dos, uno inicial por la compra y otro por una ampliación realizada en 2010), y los datos del empadronamiento. Entregué esa documentación a principios de enero de 2018 y aún estoy esperando respuesta. Por lo que intuyo, el motivo es que consideran que cuando comencé a desgravar esta vivienda aún no me había descontado la totallidad de lo deducido en la primera vivienda que tuve y aún conservo (alquilada y declarada en renta). Aunque fue la misma Hacienda la que me echó las cuentas antes de comenzar a deducir esta segunda vivienda (allá por el año 2005, pocos meses después de comprarla), supongo que pensarán que pudo haber algún error en el cáculo que "ellos mismos hicieron". Repasando las cuentas, pienso que es posible que se confundieran y calcularan una cantidad inferior en 10.000 o 15.000 euros a la que en realidad deduje en mi primera vivienda.

La pregunta es: dado el tiempo transcurrido y la falta de mala fe por mi parte, ya que fueron ellos los que calcularon la cantidad a partir de la cual podía comenzar a deducir la nueva vivienda, ¿es posible que me apliquen algún tipo de sanción o penalización que afecte a las devoluciones de años anteriores? ¿Es posible que, como mal menor, quieran que finalice la deducción por vivienda actual 10.000 o 15.000 euros antes de que amortice los préstamos que me deduzco? O, por el contrario, ¿debo de estar tranquilo pues dado el tiempo transcurrido tendrán que dictar resolución declarando la caducidad de las acciones? 

Le quedaría muy agradecido si alguien me resolviera estas dudas, pues me tienen bastante preocupado.

 

#2

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Si el problema es que empezaste a deducirte antes de superar lo deducido en la anterior vivienda, casi seguro que afectaría a tu primer año (2007 ó 2008) y dependiendo de los importes quizás a alguno posterior y casi seguro que tales años ya hayan prescrito.

Pero, como no es bueno poner el carro delante de los bueyes, es mejor que esperes a ver por dónde salen y así será más fácil saber lo que conviene.

En todo caso, si puedes acreditar que te lo hicieron ellos, te librarás de la sanción.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Sí, eso pienso yo: que ya debe haber prescrito. Pero habrá que esperar a ver que decisión adoptan, pues supongo que no deben de tardar mucho.

Muchas gracias por tu ayuda, Juan.

#4

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Buenos días,

He estado buscando algún hilo que tratase algo parecido al caso que quiero exponer y creo que el este pudiera encajar, si no es así, perdonadme ya que soy nuevo por aquí y aún no sé bien cómo funciona.

En mi caso también recibo carta por parte de la Agencia Tributaria en diciembre de 2017 acerca de una deducción por vivienda habitual.

En mi caso no me correspondía tal deducción, pero igualmente la pedí por pura ignorancia de cómo funcionaba exactamente, ya que creía que habiendo comprado la vivienda en 2012 tenía derecho a ella, pero no era así por no haberla ocupado antes de 1 año desde su compra.

El caso es que recibo varias notificaciones, una que engloba desde 2007 a 2012, período en el que yo tenía un plan ahorro vivienda, y otras por los años posteriores, en las que me reclaman lo deducido además de la correspondiente sanción para cada una de ellas.

Sé que las posteriores tengo que pagarlas y punto, pero con la primera, período 2007-2012, entendía que había prescrito, pero Hacienda alega que es en el ejercicio de 2013 en el que tenía que haber pagado lo deducido incorrectamente y que es eso lo que me reclama. ¿Merece la pena plantearse el recurrirlo como me dice mi abogada? ¿O es tontería y mejor me ahorro los costes?

Por otra parte, he leído que en algunos casos se puede pedir una reducción del 25% de la sanción si esta no se recurre, pero no sé si por haber intentado recurrir la parte de la supuesta prescripción he perdido también el derecho a tal reducción.

Muchas gracias por vuestros comentarios de antemano, sé que lo hice mal y el desconocimiento no excusa el cumplimiento, pero estoy con el agua al cuello.

Un saludo.

#5

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

La regularización que debiste hacer (y que te exigen ahora) al no cumplir los requisitos prescribe a los 4 años desde que se genera. Así que eso es lo que tienes que ver.

Tenías de plazo 4 años para la compra desde la apertura de la cuenta. Si se abrió en 2007, se debió comprar en 2011. Sin embargo, la compras en el 2012 y encima no te trasladas en el plazo de un año, por lo que esa vivienda no llega a adquirir el caracter de habitual a efectos de esta deducción.

Es decir, en la declaración del 2011 debiste regularizar la situación y devolver todas las cantidades deducidas. Esa obligación se debió llevar a cabo en la renta del 2011, con plazo de presentación 30/6/2012. Esa obligación prescribe por tanto cuatro años después, 30/6/2016.

Por lo que dices todo va un año mas tarde, en ese caso estaríamos hablando de 30/6/2017

 

 

Informa


126925-PLAZO INVERSION: TRANSCURSO SIN ADQUISICIÓN

 

Pregunta

  •  

    Si transcurre el plazo fijado para aplicar el saldo de la cuenta sin adquirir la vivienda, ¿se pierde el derecho a la deducción sobre todas las aportaciones realizadas a la misma o solo sobre las del primer año?

Respuesta

  •  

    Sobre todas. El transcurso del plazo establecido para aplicar el saldo de la cuenta sin que se haya producido la adquisición o rehabilitación de la vivienda, determinará la pérdida del derecho a la deducción por la totalidad de las aportaciones realizadas en la cuenta, aunque la vivienda se adquiera en años posteriores. El contribuyente vendrá obligado a sumar a las cuotas líquidas estatal y autonómica o complementaria devengadas en el período impositivo en que se haya incumplido el plazo, las cantidades indebidamente deducidas más los intereses de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003).

Normativa/Doctrina

  • Artículo 56 .2.B) Real Decreto 439 / 2007 , de 30 de marzo de 2007 .
  • Consulta de la D.G.T. 1858 - 2000 , de 24 de Octubre de 2000

Un saludo

#6

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Gracias por tu pronta respuesta leopol72.

El tema de que la vivienda se comprase en 2012 fue por un retraso en la construcción del edificio, se pidió un aplazamiento para los trámites y se concedió, con lo que imagino que el plazo para la regularización entonces acabaría el 30/6/2013 por lo que comentas.

No sé si se me escapa algo o cómo podría enterarme con mayor exactitud de que el plazo efectivamente era así o de si la Agencia Tributaria se puede acoger a alguna otra cosa para negar dicha prescripción.

Me genera desconfianza a la hora de reclamarlo que mi abogada me comentó algo como que alegar que no había prescrito por referirse al ejercicio de 2013 es tan válido como referirse al propio período de 2007-2013 como parecía que hacían al principio, salvo porque habría prescrito, pero que de cara a recurrir la probabilidad de ganar sería del 50% o así, y me da que pensar si no sería hasta menos y fue una forma de maquillarlo para animarme a seguir dándole trabajo...

Por lo que hablamos aquí, en principio parecería claro que ha prescrito, ¿no?

Me siento muy inseguro y sin saber qué movimiento debería dar a continuación.

Gracias de nuevo por la ayuda.

#7

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Si la carta la recibiste en diciembre de 2017, yo entiendo que está prescrito lo de la cuenta vivienda, aunque lo cierto es que me parece raro que intenten cobrartelo entonces.

Lo importante es el ejercicio en que debiste regularizar, si es el 2012, prescribe el 30/6/17. Si fuera en el 2013, sería el 30/6/18 y no habría prescrito.

Yo entiendo que ese ejercicio debe ser aquel en que terminaba el plazo y no cumpliste la obligación, eso es lo que tienes que averiguar a ciencia cierta. Si fuera el 2012, pienso que tienes argumentos mas que válidos para el recurso, en caso de 2013, no te molestes.

Un saludo

#8

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

De acuerdo, ¡muchísimas gracias!

#9

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

buenas kkcc8 estoy en una situacion muy parecida a la tuya , en mi caso  me piden por el mismo motivo, deduccion de la vivienda habitual los ejercicios del 2008 al 2012,compre la casa en 2012 pero no la habite en el plazo de 1 año. pero lo que me reclaman es del 2008 al 2012 , plan de ahorro vivienda y año de compra, yo tambien alege preescripcion , pero todavia no me he recivido respuesta, al final como ha quedado la cosa, has recurrido la liquidacion? tienes alguna noticia nueva  , te agradezco de antemano

#10

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Hola Victor. ha prescrito al final? me gustaría saberlo porque a mi marido se lo reclamaron, fue a juicio, perdió y pago. A mi no me han pedido nada y me da miedo que dentro de 10 años me lo pidan todo desde el principio

#11

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Hola buenas, no ha prescrito, me tocó pagar todo con sus correspondientes multas, me llego también todos los ejercicios hasta el 2016 , y ya deje de desgrabarme la vivienda xk pierdes el derecho, no perdonan una y de no ser k sea verdad k es tu vivienda habitual y vives en ella no merece la pena reclamar ya que luego la sanción en más grave y no te hacen los descuentos en la sanción,!ojalá tengas suerte y no te llegue
Saludos

#12

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Muchas gracias por contestar. yo compre la casa en 2009 pero no la habite. En principio, prescribe todo el 30-06-2019.
Mi duda es si realmente prescribe... o si en 2028 por ejemplo podrían reclamarme lo todo... Un saludo

#13

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Si, prescribe a los 4 años fiscales , teniendo en cuenta que tienes 13 meses para habitarla y hasta ese momento no empieza a contar, también hay k tener en cuenta que son 4 años fiscales y la renta la haces el año siguiente es decir en 2018 se hace la del ejercicio del 2017 , yo entiendo que hasta el ejercicio de 2013 están todos prescritos ya, x lo menos esa fue la información que me dio el abogado que me miro el caso

#14

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

entonces estoy salvada, pero creo que respirare el 1 de julio. muchas gracias por contestar Victor. Me ha sido de gran ayuda

#15

Re: Plazos de prescripción o caducidad por deducciones de vivienda habitual

Buenos días, quería saber si pueden resolverme una duda sobre prescripción:

 

Estuve desgravándome por construcción de vivienda desde 2005 a 2008 incluidos

La vivienda finalmente no se construyó por la crisis, y solicité la baja de la cooperativa en octubre de 2008, así que en 2009 nos devolvieron la mayor parte del dinero, y en agosto de 2011 nos devolvieron la última cantidad.

En agosto de 2008 puse un escrito a Hacienda solicitando que me dejaran comprar otro piso sin hacer la devolución, al que no contestaron (cuando fui a pedirles cuentas de la no contestación hicieron alusión a la negativa por el silencio administrativo)

 

Paralelamente abrí una cuenta vivienda con el importe que me fueron devolviendo, pero nunca me desgravé por ella. Ahora la tengo con 40€ y quería cerrarla.

 

Entiendo que está todo prescrito, pues como muco podrían reclamarme 4 años después de la renta de 2011: es decir, hasta el 1 de julio de 2017.

Corríjanme si me equivoco.

 

Muchas gracias por todo