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Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?

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Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?
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Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?
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#16

Re: Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?

Un autónomo que tenga unos rendimientos (ingresos menos gastos) de 5.000 euros, está obligado a presentar declaración aunque no va a tributar nada. Y por tanto si ha tenido retenciones, le devolverán su totalidad.

Un trabajador que tenga unos rendimientos brutos de 12.000 euros, no está obligado a presentar declaración pero tampoco va a tener que tributar nada.

Un saludo.

#17

Re: Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?

¿Como que no?. Ya estoy pagando el IRPF trimestral aunque mis rendimientos no son muy altos. ¿Me los devolveran cuando presente la declaración anual?. No entiendo.

#18

Re: Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?

Te insisto que con esos rendimientos de actividades empresariales, no vas a tributar por IRPF.  Otra cosa es que durante el ejercicio te hayan retenido. Entonces te devolverán las retenciones practicadas cuando presentes declaración.

Por tanto, tributación cero.

Un saludo.

#19

Re: Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?

Conviene no confundir los términos y denominaciones que se dan a las palabras, ya se que el léxico de ciertas profesiones es complicado y esta casi siempre para que no lo entiendan los legos en la materia.

Los médicos, los abogados, los economistas, etc. y también los términos fiscales.

Retención.- Son pagos a cuenta del impuesto final, que no quiere decir que sea lo que el contribuyente paga por el impuesto, ya que solo es una entrega a cuenta de la Liquidación del Impuesto, cuando se presenta la Declaración

Cuota Tributaria.- Cuota resultante de la Autoliquidación (Declaración)-Esto si es lo que el contribuyente tributa por el impuesto en función de las rentas declaradas y de su situación familiar y personal.

Resultado de la Liquidación.- Es el importe que el contribuyente debe pagar o recibir (devolución), una vez comparados la Cuota Tributaria con las Retenciones y Entregas a Cuenta efectuadas durante el ejercicio.   Si ya se ha ingresado mas de la Cuota Tributaria, la Hacienda devuelve el exceso ( A devolver)  y si se ha ingresado menos se tiene que pagar el pendiente(A Pagar).

Obligación de Presentar Declaración.-   Cuando las rentas declaradas superan unos limites y también en función de que tipo de rentas se declaran . Puede que sea conveniente presentar la Declaración aunque no se este obligado, porque el resultado sea (A Devolver) , pero si es (A Pagar) se lo puede ahorrar al no tener que presentarla.

Cuota CERO.- Cuando en función de las rentas declaradas no tiene nada que tributar y se le devolverá todo lo retenido o entregado a cuenta. . En este ejercicio 2018 que vamos a presentar, si solo son rentas del trabajo , no tributaran , tendrán Cuota CERO, los importes que no superen los 14.000 euros ( soltero y sin hijos o ascendientes).  No confundir con el limite que obliga a presentar Declaración que si es para este 2018 de 12.643 euros en el caso de dos o mas pagadores.

Podría seguir con mas términos que dan lugar a confusión pero seria muy largo.

Saludos

 

 

 

#20

Re: Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?

Una duda que tengo, resulta que en mi empresa ha habido problemas, y este año al ser fijos discontinuos nos han pasado al paro mucho tiempo, resulta que he trabajado el primer semestre 5 meses y el segundo nada, es decir 7 meses desempleado y 5 trabajando.La suma de todo en bruto son 11500 euros, por lo que he leído,¿No estoy en la obligación de hacer la declaración, aún teniendo un segundo pagador de unos 4500 euros?

#21

Re: Exentos de IRPF: ¿12.000€ ó 14.000€?

Si las rentas del trabajo del 2018 no superan los 12.643 euros, no hay obligación de presentar declaración , salvo que otras rentas si te obliguen a ello , o te convenga para recuperar retenciones pagadas.

Saludos