Re: Sustitutiva en autoliquidaciones del 303
Yo lo veo igual que tu.
Debes presntar escritos solicitando que te modifiquen las declaraciones.
Un saludo.
Re: Sustitutiva en autoliquidaciones del 303
El escrito lo he presentado en la pestaña del 303 de "aportar documentación complementaria", indicando la referencia de cada declaración. Es así el procedimiento?
Lo digo porque no veo que haya que seguir el procedimiento de rectificación de liquidaciones en tanto que no me beneficio/perjudico ni a la administración tampoco, sino que es comunicar una errata en las autoliquidaciones de 3 trimestres.
PD: entiendo que corregir los datos anteriores de las autoliquidación no llevaría sanción.
PD2: si tuviese que corregir un error de un 390 sobre corregir una base imponible de iva deducible entiendo que si tendría que hacer una rectificativa, con su correspondiente sanción, verdad?
Gracias por adelantado :-)
Re: Sustitutiva en autoliquidaciones del 303
No creo que te pongan sanción.
En la declaración 390 (si no estoy equivocado), sí que permite hacer una sustitutiva en caso de tener que corregir algo.
Un saludo.