Pago de dividendos (ojo no cobro)
Te estas refiriendo a operaciones con derivados, con los cuales puedes operar a corto (a la baja del subyacente) o a largo (al alza del subyacente).
En estos casos tienes una posicion abierta y cuando cierras la posicion se obtiene la plusvalia o minusvalia de la operacion que es lo que se tiene que declarar en el IRPF.
Dentro de este resultado de ganancia o perdida se encuentra el pago de los dividendos cuando estas en corto, por tanto no hay desglose de las partidas que intervienen en la ganancia o perdida, se declara el resultado final obtenido al cierre de la posicion.
Saludos
Re: Pago de dividendos (ojo no cobro)
Muchas gracias Lunático, me lo planteaba como una venta/compra, no como un derivado. Con Interactive Brokers te limitas a vender primero la accion que no tienes, y luego a comprarla de nuevo para cerrar la posición. Tal como lo planteas, el pago del dividendo es un coste más de la apertura/mantenimiento de la posición. Abusando un poco de ti, ¿dónde se declara? Me explico, he visto dónde poner operaciones con fondos y sociedades de inversión, acciones y participaciones (creí que era así, pero tal como me lo explicas no). He visto buscando por internet que plantean declarlo en 5. Otros efectos patrimoniales no afectos a actividades económicas. ¿Es así?
Gracias anticipadas, es el primer año que opero en corto, de hecho nunca he usado derivados (no era consciente que lo hacía al operar en corto) , y como Interactive Brokers no informa a la Agencia Tributaria, voy algo perdido conla declaración.
Gracias de nuevo
Re: Pago de dividendos (ojo no cobro)
Re: Pago de dividendos (ojo no cobro)
Re: Pago de dividendos (ojo no cobro)
Re: Pago de dividendos (ojo no cobro)
Y precisamente en la operativa de cortos ni eres propietario de las acciones, ni lo serás.
Cuando vendes inicialmente, lo haces en descubierto (vendes algo que no tienes).
Y cuando finalmente compras el activo, y en teoría adquieres la propiedad de un capital mobiliario que pudiese devengar rendimientos, es solo a efectos de cerrar la posición vendedora en descubierto.
Por tanto, nunca llegas a ser verdadero propietario de un activo financiero que genere rendimientos.
Sé de fiscalidad y me parece la respuesta correcta sólo tengo dudas sobre la imputación de la pérdida, si pagas dividendos negativos, mientras tienes las acciones en corto, lo normal sería declarar la pérdida patrimonial en ese momento ya que esperar al cierre de la posición puede durar años.