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Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

10 respuestas
Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción
Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción
#1

Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

Buenos días.

Estoy intentando hacerle la renta a mi tía y su caso es que en 2015 vendió el chalet donde vivía (viv. Habitual) y se metió en alquiler mientras buscaba algo donde reinvertirlo, ya que se acogió a la exención por la ganancia patrimonial.

La mujer iba despistada y me vino el otro día preguntando qué tenía que hacer…yo pensé que debía hacer una complementaria de 2014 por la ganancia y que no tributó, pero por un semana parece ser que al menos parte va a poder justificarlo como reinversión.

Después de hablar varias veces con Hacienda, se considera la fecha de reinversión para el tope de los 2 años, la fecha de la Licencia de Obra nueva del terreno donde se construye la casa, y no la fecha de la cédula de habitabilidad como en primer momento me dijeron..

 

Lo que estoy un poco perdido es cuánto? Porque en las Escrituras de esa licencia de obra nueva pone un valor, pero en cambio lo que ha ido pagando a la constructora ha sido más importe por lo que veo en las facturas.

Preguntas:

 

1. ¿Qué importe debo coger para el cálculo de la reinversión? El de las escrituras de obra nueva o las facturas pagadas a la constructora por el chalet?

 

2. La renta de 2014 se la hicieron en una gestoría, para yo hacer la complementaria de 2014 debo hacer la renta con el programa padre, no? Porque no había renta web para ese año, no?

 

Gracias.

#2

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

No sé quién te ha dado esa información en Hacienda, pero me temo que es errónea. La fecha de la inversión es la de adquisición de la nueva vivienda en los términos previstros por el C. Civil.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

Juan Lackland.

 

PEro cuando lo que haces no es comprar una nueva vivienda, si no construirte uno mismo (contratando a la constructora, comprando el terreno a una promotora) un nuevo chalé con terreno además alrededor, es esa fecha la que se tiene en cuenta, la fecha de las escrituras de obra nueva de la parte de la parcela donde va el chalé.

 

Es erróeno lo que me dijeron? sería muy grave, la verdad. Me lo dijeron en el teléfono de Hacienda y en ventanilla.

#4

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

Plazo para la reinversión

"La reinversión del importe obtenido en la enajenación deberá efectuarse, de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años.

Se entenderá que la reinversión se efectúa dentro de plazo cuando la venta se hubiese efectuado a plazos o con precio aplazado, siempre que el importe de los plazos se destine a la finalidad indicada dentro del período impositivo en que se vayan percibiendo.

Cuando, conforme a lo dispuesto en los párrafos anteriores, la reinversión no se realice en el mismo año de la enajenación, el contribuyente vendrá obligado a hacer constar en la declaración del Impuesto del ejercicio en el que se obtenga la ganancia de patrimonio su intención de reinvertir en las condiciones y plazos señalados."

Verifica que desde la fecha de la venta de la vivienda anterior, y en el periodo de 2 años posteriores, se ha realizado pagos destinados a la construccion de la vivienda. Entiendo que estos pagos asociados a la construccion de la vivienda, con idependencia de cuando se termine y se adquiera de forma efectiva la nueva vivienda, pueden considerarse reinversion que se puede acoger a la exencion.

El exceso de la venta neta de la vivienda anterior y que correspondan a pagos fuera de este plazo de 2 años, no podra ser considerada reinversion con exención y seria la parte que habria que regularizar.

Saludos

#5

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

Hola.

Ok, tomo nota, pero relizar efectivamente el pago dentro de los 2 años no asegura que se integre en la reinversión, ¿no? si no se cumplen con el resto de requisitos.

" Entiendo que estos pagos asociados a la construccion de la vivienda, con idependencia de cuando se termine y se adquiera de forma efectiva la nueva vivienda, pueden considerarse reinversion que se puede acoger a la exencion. "

Lo digo por ejemplo en los casos de reinversión en viv habitual pero que lo hacen en cooperativa de viviendas. Por mucho dinero que hayan adelantado y aportado, o la vivienda tienen la escritura de la división horizontal propia ya, o entrega de llaves antes de los dos años posteriores desde que vendieron la anterior, o NO entra nada en reinversión, NI todo dinero adelantado aportado que sí entraba dentro de esos 2 años.

Consulta Vinculante DGT V3193-16

https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v3193-16-08-07-2016-1440698

El tema mínimo no lo dejan muy claro, creo, no?

#6

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

Segun esta Consulta Vinculante y de acuerdo con este parrafo , creo que no te admitiran la interpretacion del comentario anterior.

"Por otro lado, tratándose de reinversión en la construcción de la futura vivienda habitual es necesario, para poder aplicar la exención, que la vivienda se adquiera jurídicamente en el plazo comprendido entre los dos años anteriores y posteriores a la transmisión de la precedente vivienda habitual. Siendo indiferente, para la aplicación de la exención, el momento en que se haya iniciado la construcción"

Pero todo es cuestion de intentarlo.

Saludos

#7

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

La adquisición jurídica, con la licencia de obra nueva, sí se da dentro del plazo de los 2 años. Lo que no sé si poner por importe reinvertido final el valor escriturado de obra nueva, o el importe de las facturas pagadas a la constructora.

 

Lunatico..pero a intentarlo qué te refieres? Es que no me manejo mucho con estas cosas.

Se puede dar como sí reinvertido, y como has cumplido con lo que se decía en la declaración de 2014, pues no regularizar nada de la renta de 2014, porque está todo correcto. no?

#8

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

En principio no entiendo lo del ejercicio 2014 , si parece que la vivienda habitual la ha vendido en el 2015 y el plazo de reinversion es de DOS años desde la fecha de venta.

Lo de intentarlo, es considerar como argumento, que las cantidades reinvertidas y que consideras aplicables para la exencion de la plusvalia, son las que se han desembolsado en el periodo de los DOS años posteriores a la fecha de venta.

Debes tener bien entendido que la reinversion necesaria para exonerar las plusvalias de la venta, ha de ser la totalidad del Neto obtenido en la venta y si no se alcanza este importe, la exencion sera proporcional al importe reinvertido con respecto al Neto de la venta.

Si esta condicion no se cumple una vez transcurrido el plazo de los DOS años, ese es el momento (Ejercicio) en que hay que cumplimentar la devolucion de las plusvalias exentas, que no cumplen con la norma.

El otro argumento de considerar que la adquisicion juridica se cumple con la fecha de licencia de obra nueva, es tambien discutible ya que segun el Art 1.462 del Codigo Civil :

Se entenderá entregada la cosa vendida, cuando se ponga en poder y posesión del comprador.
Cuando se haga la venta mediante escritura pública, el otorgamiento de ésta equivaldrá a la entrega de la cosa objeto del contrato, si de la misma escritura no resultare o se dedujere claramente lo contrario.

Saludos

 

 

#9

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

Del teléfono de Hacienda no puede uno fiarse desde que lo subcontrataron. Te pueden responder blanco y negro para cualquier cuestión que no sea de carril.

Si se trata de una vivienda en construcción, sea por un promotor o autopromoción, es necesario que se den las dos condiciones del C. Civil: título y tradición. O sea, contrato y entrega, se entiende que se trata de la entrega de una vivienda no una obra sin terminar.

Quizás te lo clare esto:

http://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0138972

 

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

Pues mucho, gracias por esa consulta vinculante!

 

De todos modos un matiz, cuándo en una chalet que te construyes al que contratas una constructora para que te lo haga se dan el título y tradición ?

 

#11

Re: Exención por Reinversión en Viv. Habitual de nueva construcción

En realidad no es una consulta vinculante, sino del Informa.

 

Entiendo que, en caso de autoconstrucción, el título y la tradición se dan cuando el contratista te entrega la obra con el consigueinte certifcado del facultativo (arquitecto) y la cédula de habitabilidad que acredita que se trata de una vivienda.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.