Deducción por vivienda - 50% del piso comprado antes de enero del 2013 y el otro 50% comprado después.
Compré un piso a medias con mi pareja en el año 2009 y lo deducíamos cada uno con su declaración. No nos cásamos ni hay hijos.
En enero del 2016, por mutuo acuerdo, hacemos una extinción de condominio, le libero de la hipoteca y adquiero su parte, y ahora tengo el 100% de la vivenda.
Me tengo que deducir, sólamente la mitad de lo pagado por la hipoteca? (Por la mitad de piso comprado en 2009) Por ejemplo: Si sumando amortización, interés y gastos, son 8.000€; Sólamente me puedo deducir 4.000€ en la declaración de la renta?
El borrador de Hacienda ésto no lo contempla, y me sale mas a devolver de lo yo creo que me toca. Alguién entiende éste tema? Gracias.