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Rentas Exentas. indemnizaciones seguros.

1 respuesta
Rentas Exentas. indemnizaciones seguros.
Rentas Exentas. indemnizaciones seguros.
#1

Rentas Exentas. indemnizaciones seguros.

Buenas, mi duda es, en caso de una incapacidad por enfermedad, el seguro privado por acuerdo abona una cantidad sujeta a IRPF, sin embargo en caso de accidente que provocase misma incapacidad las cuantías estarían exentas.

la diferencia que es, la sentencia judicial?

Gracias

#2

Re: Rentas Exentas. indemnizaciones seguros.

La exención a que te refieres se regula en la letra d del artículo 7 de la Ley 35/2006 del IRPF:

Estarán exentas las siguientes rentas:

.../...

d) Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.

Igualmente estarán exentas las indemnizaciones por idéntico tipo de daños derivadas de contratos de seguro de accidentes, salvo aquellos cuyas primas hubieran podido reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible por aplicación de la regla 1.ª del apartado 2 del artículo 30 de esta Ley, hasta la cuantía que resulte de aplicar, para el daño sufrido, el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, incorporado como anexo en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

 

Saludos.