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Usufructo y nuda propiedad en el IRPF y Patrimonio.

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Usufructo y nuda propiedad en el IRPF y Patrimonio.
Usufructo y nuda propiedad en el IRPF y Patrimonio.
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Usufructo y nuda propiedad en el IRPF y Patrimonio.

Tras recibir la herencia de mi padre, la situación respecto de dos inmuebles es la siguiente:

  • Inmueble 1: a mi madre le fue adjudicada la mitad indivisa, y el usufructo universal y vitalicio sobre la otra mitad indivisa, de la que yo tengo la nuda propiedad. Este inmueble está alquilado. Su valor catastral es de 33.000 €, aproximadamente.
  • Inmueble 2: nos corresponde la propiedad a los 5 hermanos, concretamente a mí el 12,5%, no habiendo constituido ningún usufructo sobre él. En este inmueble, que fue la casa familiar, vive aún mi madre, es decir, es su vivienda habitual. Su valor catastral es de 40.000 €, aproximadamente.

Quisiera que me aclarasen cómo tributan las rentas de estos dos inmuebles (incluso imputadas, si las hubiera en el caso del inmueble 2), que son los que me afectan en mi declaración del IRPF, y concretamente:

Respecto del inmbueble 1, si es mi madre quien ha de declarar la totalidad de las rentas que genera el alquiler, consignando un porcentaje del 100% en su declaración, mientras que yo no tendría que declarar nada por este inmueble.

Y respecto del inmueble 2, ¿generaría renta imputada en mi declaración, ya que no es mi vivienda habitual, aún estando a disposición de mi madre que no es propietaria? Y, en caso afirmativo, ¿debo consignar entonces en mi declaración del IRPF un 12,5% para que genere la renta imputada correspondiente a este inmueble?

Una última consulta: mi madre tiene que presentar la declaración del Patrimonio. En relación con el inmueble1, cuyo valor es de 33.000 €, ¿qué valor patrimonial tiene que figurar en la declaración del Patrimonio si su edad es de 85 años? ¿debe figurar el inmueble 2 como vivienda habitual, aunque no sea propietaria, y en caso afirmativo, con qué valor?

Muchas gracias.