Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Valoración usufructo de participaciones, para IRPF

1 respuesta
Valoración usufructo de participaciones, para IRPF
Valoración usufructo de participaciones, para IRPF
#1

Valoración usufructo de participaciones, para IRPF

Intentaré ser claro.

A mediadios del 2016 vendí participaciones de una SL, de las que tuve nuda propiedad, por donación, desde 1999.

El usufructo lo tenía el antiguo propietario y lo adquirí por herencia a finales de 2015.

Mi consulta es: En la tributación del IRPF del 2016 sé que pagaré el porcentaje que corresponda de la restarle el precio de adquisición al precio de venta, pero ¿de que manera cuantifico el usufructo, para restarlo del incremento de renta producido en la venta de las participaciones?

Sé que la valoración del usufructo se presta a varias interpretacions, pero espero haber sido conciso en la explicación y que alguien pueda asesorarme. 

Muchas gracias.

#2

Re: Valoración usufructo de participaciones, para IRPF

En el 2015 consolidaste el usufructo, y pagaste el impuesto correspondiente,  por lo que a partir de ese momento tienes el pleno dominio, que es lo que vendes, ya da igual que antes no lo tuvieras.

Creo que debes considerar la ganancia/pérdida por diferencia entre el valor de venta total y el valor de adquisición total original, sin distinguir que se recibieron en ese momento en nuda, es decir, hay que poner lo que valían las acciones (el pleno dominio) en el momento de la donación, y compararlo con el valor de venta actual del pleno dominio.

Aunque es una opinión, no veo otra manera de hacerlo.

 

Un saludo