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ERE: mes de paro, pluriempleo y finiquito

1 respuesta
ERE: mes de paro, pluriempleo y finiquito
ERE: mes de paro, pluriempleo y finiquito
#1

ERE: mes de paro, pluriempleo y finiquito

Hola buenos días. La empresa de mi marido va a hacer un ERTE por un plazo de 6 meses. En relación a esto nos surgen 2 dudas:

1. Una vez terminado el plazo de los 6 meses, la empresa puede decidir si volver a dar trabajo a mi marido o si despedirlo definitivamente. En el segundo caso, he leído por internet que puedes reclamar al INEM 180 días de Paro adicionales. ¿Es eso cierto? , ¿hay que cumplir algunas condiciones?. En caso del despido, entiendo que la empresa deberá pagar el finiquito y si no tiene dinero para hacerlo se haría cargo FOGASA. ¿Cierto?
2. Imaginemos que durante el tiempo que dura el ERTE (los 6 meses) mi marido encuentra trabajo en otra empresa. Creo que podría trabajar en dicha empresa a la vez que está en el ERTE, comunicándolo de la forma correspondiente al INEM para que esté clasificado como pluriempleado. ¿Es esto cierto?. En ese caso, imaginemos que empieza a trabajar en dicha empresa y que finalizados los 6 meses la empresa del ERTE decide despedirle definitivamente. ¿Sigue teniendo mi marido derecho al finiquito o por haber empezado a trabajar en otra empresa lo pierde?

Gracias

#2

Re: ERE: mes de paro, pluriempleo y finiquito

*Si tu marido solicita la prestación de desempleo durante el ERTE, se irá comiendo el tiempo de prestación que tuviese acumulado, que puede ser de hasta 2 años si ha cotizado los 6 últimos años. Si desgraciadamente es despedido definitivamente, podrá cobrar el resto de prestación que le quede.
*La reposición del tiempo de prestación de desempleo consumido durante el ERTE, hasta un máximo de 180 días, creo que no está ya en vigor, lo quitaron a principios de 2014, como otra medida más de "ahorro" contra los de siempre.
*Sí puede trabajar, notificándolo tanto a la empresa como a los servicios públicos de empleo para que ajusten las cotizaciones que están pagando a la Seguridad Social ambos, y los servicios públicos de empleo proceden además a suspender el pago de la prestación por desempleo, si es trabajo a tiempo completo, o ajustarlo proporcionalmente si es trabajo a tiempo parcial.
*Al acabar el ERTE, tu marido tendría que presentarse automáticamente a su puesto de trabajo y ver qué ocurre. Si no acude, pues perdería su puesto de trabajo sin ninguna indemnización.
*El FOGASA se hace cargo de los salarios pendientes e indemnizaciones con unos límites, lo puedes chequear en su página http://www.empleo.gob.es/fogasa/faqs.html