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Duda sobre Salario "libre de impuestos"

2 respuestas
Duda sobre Salario "libre de impuestos"
Duda sobre Salario "libre de impuestos"
#1

Duda sobre Salario "libre de impuestos"

Hola buenas a todos , estaba pensando de trabajar en un crucero en el cual cobraria en dolares un salario "libre de impuestos" (salario sobre 4000 dolares) aunque dicho salario sea libre de impuestos al mandarlo a españa debería pagar impuestos no?? , el contrato seria 8 meses sabrías decirme que porcentaje de impuestos tendría que pagar en españa?? muchas graciaas

#2

Re: Duda sobre Salario "libre de impuestos"

Buenos días José Miguel, normalmente cuando se habla de salario libre de impuestos quiere de ir que el salario que vas a recibir es el salario neto, esto es que tu salario es superior, pero tras pagar todos los impuestos pertinentes se te queda con un salario mensual de 4.000 dólares.

Aunque no suele ser lo habitual, en ocasiones cuando se hablad e salario libre de impuestos es porque se paga en mano de forma fraudulenta, sin darte de alta en la Seguridad Social ni nada. No creo que sea el caso,

Ya no cuentas. Un saludo

#3

Re: Duda sobre Salario "libre de impuestos"

creo que si trabajas en un crucero, te pueden firmar un contrato laboral con el país de bandera del barco.
Ello puede significar que sea un país donde no hay retenciones sobre el salario; por ello te hablan directamente de salario libre de impuestos, o puede que dicho pago sea muy pequeño.

El tener que pagar impuestos en España va a depender de que sigas siendo residente fiscal en España, no de que el dinero te lo gastes, lo ahorres en una cuenta en Suiza o lo gires a España; por ejemplo, eres residente en alguno de los siguientes casos:
*Si estás más de 183 días en el año natural residiendo en España
*Se presume que eres residente si tienes cónyuge e hijos en España, salvo que demuestres que efectivamente vives en el extranjero (trabajo, vivienda comprada/alquilada,etc)
*o bien, aunque con tu trabajo en el crucero estés más de 183 días al año en el crucero y pueda considerarse tu residencia, si por su bandera (y tu contrato de trabajo) es de un paraíso fiscal (lo cual es bastante probable: Bahamas, Panamás son sitios habituales de inscripción de barcos y son paraísos fiscales); sigues siendo residente fiscal en España los 4 años siguientes. Puedes ver la lista en https://www5.aeat.es/ES13/S/IAFRIAFRC11F?REFERENCIA=0112604

Si con estas reglas, eres residente en España, y el contrato de trabajo es en un país que aplica impuesto similar al IRPF (ello excluya a los paraísos fiscales citados), tal vez puedas aplicarte la exección del artículo 7p del IRPF (se discute en otros hilos de este foro) que excluye de tributación hasta 60.100 euros si se trata de trabajos realizados en el extranjero para una empresa extranjera o el establecimiento extranjero de una empresa española.

Si aun así tienes que declarar en España (contrato de trabajo en paraíso fiscal, por ejemplo), calcula en la web de la agencia tributaria una simulación de cuánto te saldría a pagar con el salario previsto.