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Venta de acciones y derechos

3 respuestas
Venta de acciones y derechos
Venta de acciones y derechos
#1

Venta de acciones y derechos

En los datos facilitados por la agencia tributaria aparece la venta de acciones por parte del declarante, pero aparece la venta de derechos al mercado secundario tanto por parte del declarante como por parte del cónyuge.
Según he leído aquí, al ser el importe de la venta de los derechos menor que el importe de adquisición de las acciones, este importe ha de restarse al importe de adquisición.
Y encaso de ser mayor, ha de sumarse al valor de transmisión la diferencia entre el valor de adquisición de 1 acción y la venta de sus derechos (van en paquetes de 10 y se vendieron de forma automatica).
La verdad es que no se si lo he entendido bien.
Ha de incluirse la venta de derechos del conyuge aun no figurando en las acciones?

Gracias

#2

Re: Venta de acciones y derechos

La venta de derechos no se declaran en el IRPF en el año de su venta, minoran el valor de adquisición de las acciones origen de los derechos, y tendrán su efecto fiscal cuando se vendan las acciones.

Si el valor de adquisición fuera CERO , la venta de los derechos de estas acciones tributarían como rentas del capital, en el año de su venta.

Saludos

#3

Re: Venta de acciones y derechos

Muchas gracias por tu respuesta. Es la primera vez que tengo esta situación en la declaración y no acabo de entenderlo.
En 2014 hubo compra de acciones por 7,79 y se vendieron en 2015 por 8,71. Esta venta figura para hacienda en la declaración del CÓNYUGE.
En los datos del CÓNYUGE figura la venta de derechos (10 cada vez) por diferentes importes (todos inferiores a 7,79 salvo una venta por 11,54).
Lo que resulta extraño es que también aparecen diferentes ventas de derechos en los datos del DECLARANTE (en algunos consta que ambos son titulares, pero en la mayoría no)
El valor de adquisición fue cero en todos los casos y se tramito la venta de forma automática por el banco.
En otra pregunta de este foro lei lo siguiente:
Venta de los derechos de suscripción al mercado secundario
•El importe obtenido por la venta de los derechos de suscripción es menor al valor de adquisición de las acciones. La venta de los derechos de suscripción no tendrá efectos fiscales hasta el momento en que se produzca la transmisión de las acciones; en el momento de vender las acciones que hayan originado los derechos, se deberá descontar este importe al valor de adquisición.
•El importe obtenido por la venta de los derechos de suscripción es mayor al valor de adquisición de las acciones. El exceso tributa como ganancia patrimonial en el período impositivo en que se produzca el exceso.

Muchas gracias

#4

Re: Venta de acciones y derechos

He estado leyendo otros comentarios y creo que ya he entendido más o menos el tema.
Si la suma de la venta de derechos es menor al precio de compra de la suma de las acciones las acciones que los generaron el importe de la venta de derechos se resta al precio de compra de las acciones.
Lo único que sigo sin saber es si puedo también incluir la venta de derechos del declarante que no tenía las acciones a su nombre.
Gracias