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Deducción por doble imposición interna

1 respuesta
Deducción por doble imposición interna
Deducción por doble imposición interna
#1

Deducción por doble imposición interna

La sociedad X, residente en España, percibe de la sociedad Y, también residente en España y en la que participa en un 1%, 50.000 euros por dividendos, habiéndose retenido un 21% (10500 euros) en concepto de retención a cuenta del Is. ¿Cuál sería la deducción por doble imposición interna?
Gracias.
Un saludo,

#2

Re: Deducción por doble imposición interna

Buenos días,
las deducciones por doble imposición interna se encuentran en el artículo 30 del TRLIS.
En general, la deducción a practicar es el 50% de la cuota íntegra derivada de la base imponible que corresponda a los dividendos.
Un saludo.