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Dieta en Nomina, ¿Sujeta o Extenta?

2 respuestas
Dieta en Nomina, ¿Sujeta o Extenta?
Dieta en Nomina, ¿Sujeta o Extenta?
#1

Dieta en Nomina, ¿Sujeta o Extenta?

Muy Buenas,
No se si es el mejor lugar para preguntar sobre este tema, pero dado que suelo leer bastante en este foro me he decidido a lanzar mis preguntas.

Trabajo en mantenimiento aeronautico. Mi empresa tiene una sede principal y multitud de pequeñas bases donde operan las aeronaves.

Mi contrato junto con el de la mayoría de los técnicos de mantenimiento pertenece y esta domiciliados en la dirección de la sede principal de la empresa. Cuando por necesidades de la empresa este nos desplaza de forma itinerante a trabajar a alguna de sus bases esta nos paga una nomina donde se suele percibir a razón de 80/20, 80% por trasferencia y exenta de IRPF y 20% incluida en nomina y sujeta a IRPF.

Puesto que algunos de los trabajadores hemos sido programados con bastante asiduidad a alguna de estas bases, la empresa nos ha enviado un escrito donde se nos dice que de ahora en adelante se nos asigna esta base como Base estable.

Tras hablar con el compite estos me cuentan que todo esta recogido en el convenio y bueno que una de las peculiaridades es que de ahora en adelante no me aplicaran el 80/20 sino que el 100% de la dieta ira incluida en nomina.

Mi pregunta es la siguiente:

Si me incluyen el 100% de la dieta en nomina, me retendran IRPF del total? Al tener un salario bruto mucho mayor por tener toda la dieta en nomina me veré afectado con el incremento del IRPF? Si finalmente me retienen IRPF por la totalidad de la dieta, es posible descrabar algo en la declaración de la renta?

Espero ansioso vuestras respuestas,

Gracias de antemano

#2

Re: Dieta en Nomina, ¿Sujeta o Extenta?

Al parecer, en periodos anteriores cobraras dietas por gastos de manutención y estancia y parte o toda de ellas estaban exentas de gravamen.

Por lo que veo, ahora te van a aplicar la normativa correspondiente al artículo 9 del Reglamento del IRPF en el que se dice:
"cuando se trate de desplazamiento y permanencia por un período continuado superior a nueve meses, no se exceptuarán de gravamen dichas asignaciones."

Por tanto esa "dieta" que cobrarías, no estaría exenta de tributación.

Mira a ver si van por ahí los tiros.

Un saludo.

#3

Re: Dieta en Nomina, ¿Sujeta o Extenta?

En todo caso, que la dieta se incluya en nómina o no es irrelevante a efectos fiscales.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.