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Transmisión de vivienda de padre a hijo

4 respuestas
Transmisión de vivienda de padre a hijo
Transmisión de vivienda de padre a hijo
#1

Transmisión de vivienda de padre a hijo

Hola a tod@s,
Me gustaría exponeros un caso determinado a ver si alguien me puede aclarar los impuestos que se deberían pagar en ese supuesto:

Un padre tiene una vivienda y en vida quiere ponerla a nombre de su hijo, es decir, hacer una nueva escritura. Además de los gastos derivados de hacer esa nueva escritura, ¿hay que pagar algún impuesto por esa transmisión? (no es una venta)

Y relacionado con lo mismo, si el hijo al que su padre le ha 'regalado' esa vivienda está casado, ¿su mujer tiene algún derecho sobre esa vivienda?

Muchas gracias por la información.

#2

Re: Transmisión de vivienda de padre a hijo

Lo que quieres hacer tiene un nombre, donación, y sí, desgraciadamente hay que pasar por caja del hambriento Estado.

Vayamos por partes:

En tu caso el "padre" es el donante y el "hijo" el donatario.

Tributación del donante:

Al ser una transmisión lucrativa inter vivos, el padre deberá tributar en su IRPF por la ganancia patrimonial, si la tiene (diferencia entre valor de adquisición y valor de transmisión). En caso de pérdidas, éstas no serán compensables.

Tributación del donatario:

Al tratarse de un inmueble, el hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la comunidad autónoma donde radique el inmueble. Si el inmueble está en Madrid, el hijo está de suerte, porque podrá beneficiarse de la bonificación del 99% que hay en el impuesto.

Pero quito parao, que ahí no acaba la sangría.

El hijo también tendrá que pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, la famosa plusvalía municipal.

En cuanto a los posibles derechos de la mujer del hijo sobre el inmueble donado, entiendo que se refiere a derechos de propiedad (para ver el nacimiento de otros posibles derechos habría que analizar el caso concreto.

La respuesta es no. Independientemente del régimen económico matrimonial, los bienes recibidos por donación tienen carácter privativo, artículo 1346 del Código Civil.

Dígame su nombre y dirección para pasarle la factura.

jeje es broma.

Un saludo.

#3

Re: Transmisión de vivienda de padre a hijo

Muchas gracias por la respuesta. Es lo que me temia, toca pagar. Es en Asturias, con lo cual creo que el impuesto de transmisiones está en el 8%, menuda sangria...

#4

Re: Transmisión de vivienda de padre a hijo

No, no se confunda, el impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas (ITP) es otro impuesto. Para entendernos es como el IVA entre particulares.

Pero en su caso la transmisión sería lucrativa (gratuita), asique le tocaría pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

Así a bote pronto no sé como está el ISD en Asturias. En Madrid tenemos el impuesto bonificado al 99%, así que suele salir cuantías relativamente pequeñas. En Madrid el sablazo suele ser el IIVTNU. En Asturias habría que mirarlo.

#5

Re: Transmisión de vivienda de padre a hijo

Según he leido por ahi en Asturias no se bonifica. Vamos, que la broma sube un pico. A ver que hacemos al final...
Muchas gracias ;)